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juangomendio

inquilino/a

Tengo alquilada una vivienda desde hace 6 meses, cuando se rompe algo se lo digo al propietario

Porque la casa esta mal. Me puede echar a la calle cuando yo pago todos los meses mi alquiler correctamente y tengo una niña de 7 MESES , yo he arreglado la vivienda con ayuda de mis padres y amigos, la he pintado de arriba a bajo, cada vez que le digo esto esta rotose pone por las nubes, y me manda un burofax diciendome que el dia 1/6/2011 abandone la casa por incuplimiento de contrato,no me explico que incuplimiento cuando yo le pago todos los meses el pago de la vivienda entre el dia 4 o5 de cada mes, me puede echar, gracias

  • Preguntado por: juangomendio
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (6)
javiersantander ha sido el primero en contestar
Marta26 ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    No entiendo eso de que haya un contrato sin fecha de inicio...

    Si quiere un seguro de riesgo esta en su derecho de hacerlo, pero obviamente si no lo han pactado cuando se firmo el contrato no esta en la obligacion de pagarlo.

    Seria bueno ponerle fecha de inicio a ese contrato, o q usted conserve cosas q puedan demostrar cuanto tiempo lleva viviendo ahi ( facturas de telefono, por ejemplo), para asi poder demostrar q esta dentro de los 5 años q la ley le permite

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • juangomendio

    inquilino/a

    Tengo un contrato de seis meses,pero sin fecha de inicio,ni de fin de contrato,me quiere hacer un seguro de riesgo para cuando yo no pague el recibo del mes,pero pagandolo yo,cuando yo pago todos los meses mi alquiler,mi luz mi agua etc,y la señora me quiere poner en la calle con una niña de 7 meses,gracias por el apoyo de todos vosotros que dios os bendiga un saludo

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola juango:

    1º) Respecto a la duración de su contrato le aconsejo la lectura del siguiente enlace:

    http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/

    2º) Respecto al burofax. Habría que examinar el mismo para poder determinar si su contenido puede afectar o no a sus derechos. Por lo tanto le aconsejo que acuda con el contrato y el burofax, al cual tendrá qe contestar, a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos.

    reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    El contrato solo puedes finalizarlo tu durante los 5 primeros años, al vencer cada anualidad y avisando con 30 dias minimo a su finalizacion.

    En vez de decirle q esta roto algo por telefono mandaselo por burofax. Si es una pequeña reparacion te toca a ti pagarlo, si es una substitucion o gran reparacion le toca al casero, y se lo puedes reclamar. Y si no te hace caso, le dices q acogiendote a la LAU no te quedara mas remedio q pedirselo judicialmente. Y si ni asi, pues a los juzgados.

    Tb le puedes comentar q en vez de gastarse dinero en burofax, q baratos no son, mejor se los gastara en arreglar las cosas rotas.

    Y con sus burofax puedes aprovechar para limpiarte el culo, reirte con los amigos, usarlos de posavasos, etc...  No te preocupes que no puede. Es mas, si me apuras y rizando el rizo aun se podria considerar q es una coaccion, ya q intenta q dejes el piso antes de la finalizacion del contrato ( pero creo q desde el punto de vista legal seria rebuscado exponerlo). Eso si, tb se lo puedes advertir

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Marta26

    casero/a

    Como te han dicho si tu vas pagando el aquiler mensualmente tu casero no te puede echar. Lo que si el quiere que te vayas tendría que empezar un proceso judicial y demostrar que efectivamente estas incumpliendo el contrato.

    con lo que no sufras y guarda bien todos los recibos de pago del alquiler

    • Respondido por: Marta26
    • Hace 12 años
  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    No. No te puede echar.

    Solo un juez puede resolver un contrato antes de tiempo, y para ello tiene que haber un motivo. Si tu pagas tu alquiler (y tienes recibos que lo demuestren) ningun juez te echará solo porque reclames el arreglo de lo que se rompe.

    En el peor de los casos si te demandan ( cosa que dudo) te pueden condenar a pagar tu esas reparaciones si el juez considera que te corresponden a ti.

     

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