Al término del arriendo es inexcusable que se firme un finiquito de contrato y entrega de llaves, en cuyo documento se harán constar, si procede, los desperfectos o deterioros imputables al inquilino que haya sufrido la vivienda, así como las deudas pendientes por alquileres o consumos, que servirán de base para su descuento de la fianza. En este caso parece que no se hizo así, no obstante si pueden acreditar el fin de contrato y la liquidación de la fianza entiendo que el casero no puede reclamar nada.
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