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vic

inquilino/a

Si alquilo una vivienda nueva que no tienen contratados los servicios de luz y agua. ¿a quién le corresponde pagar el alta?
¿A quién le corresponde pagar las altas de los suministros?. ¿Si fuera alquiler con opción de compra sería igual?
  • Preguntado por: vic
  • Hace 15 años
  • Categoría: Opción a compra
Respuestas (4)
Antonio Postigo ha sido el primero en contestar
Antonio Postigo ha sido elegida Mejor Respuesta
  • BUFETE JOVER

    profesional

    De la Ley de Arrendamientos Urbanos se desprende que los gastos por suministros son a cuenta del arrendatario.
  • EUROFIN ASESORES S.L

    profesional

    Nosotros los alquileres con opción a compra que estamos haciendo paga el inquilino los gastos de alta de suministros, pero como bien te han comentado es un acuerdo que se toma entre ambas partes, puedes negociar pagarlos a medias o llegar a un acuerdo y sea él quien los pague.
  • Veripeeeich

    inquilino/a

    Es lo que dice apostigo, y te lo digo por experiencia propia y de amigos. Que si te dicen que los paga el inquilino, es ya cuestión de decidir si no sinteresa el piso o no nos lo quedamos.

    La verdad que a medias podría entender que nos toque pagar a nosotros si es con opción a compra porque en un principio nos lo quedaremos, pero que sólo sea de alquiler y tener que soltar unos 700 de altas.....(por lo menos en Castellón)...normal que aquí te digan que el 1er mes que vives no pagas alquiler (lo has pagado de sobra con las altas.

    Así que busca otros pisos que hay muchos, y más este año con la crisis. O incluso según quien veas puedes convencerles que lo pague el dueño.
  • Antonio Postigo

    profesional

    Dependerá de lo que se haya pactado en el contrato.

    Hay libertad de pactos en ese sentido.

    Si fuera por cuenta de usted, el arrendador deberá facilitarle los documentos técnicos necesarios (boletines, actas, etc).

    En el caso de la opción de compra es igual.

    La opción de compra es una promesa de vender algo, en un determinado precio y condiciones, en un plazo estipulado, y que puede formar parte de otros acuerdos o ser por sí solo un acuerdo. Pero no modifica sus derechos y obligaciones como inquilino.

    Un saludo.
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