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yo

profesional

¿Es obligatorio devolverle la comisión a un propietario si el inquilino se le marcha del piso antes de finalizar el contrato?
He intermediado un alquiler y el inquilino por problemas con el propietario decidió marcharse de la vivienda, ahora me reclama a mí la comisión que le cobré, es normal?
  • Preguntado por: yo
  • Hace 15 años
  • Categoría: Agencias y alquiler
Respuestas (4)
NostraCasa ha sido el primero en contestar
NostraCasa ha sido elegida Mejor Respuesta
  • cplaza

    casero/a

    Es cuestion de ética, habría que ser listo y cerrar un acuerdo con el propietario y decirle que le deje buscar un nuevo inquilino y no cobrarle, de este modo ganamos todos. Esto es aplicable siempre que al hacer una operación se le cobre a las dos partes.
    • Respondido por: cplaza
    • Hace 15 años
  • Antonio Postigo

    profesional

    Es bastante normal que te pidan la devolución de la comisión.

    Pero atención!! normal entendido como frecuente.

    Supongo que su pregunta se refiere a si hay alguna norma que le obligue a devolverlo. La respuesta es no.
    Si se ha actuado de forma correcta en la intermediación, y el negocio solicitado se celebra, nace el derecho a cobrar los honorarios.

    Si una vez celebrado el negocio, las partes deciden anularlo, es cuestión de ellos, no de quien intermedió.

    En cuanto a devolver o no los honorarios, en algunos casos se busca compensar al cliente (por ejemplo buscando un nuevo inquilino cobrando una menor cantidad). Eso ya dependerá de los criterios que usted siga en su empresa. Y siempre por decisión del profesional, no por imposición.

    Todo lo anterior es para una intermediación ocasional. En caso de ser usted el gestor o administrador de la vivienda habrá de estar a lo pactado con el propietario.

    Un saludo.
  • Armando Perea

    Armando Perea

    profesional

    Se trata de una cuestión que puede dar mucho juego; en primer lugar habría que ir al documento de encargo si éste ha existido, si no suponemos que ha habido un encargo verbal del propietario de la vivienda a ud en el que le ha solicitado que localice a un sr. X para que sea su arrendatario con una serie de condicionantes (precio, requisitos personales, etc.) y además le designa como intermediario para la futura conclusión del contrato de arrendamiento. Pues bien lo 1º de todo es que todo mediador tiene que tener un carácter profesional, dedicándose a ello de manera habitual y como su actividad principal. (estar dado de alta en el epígrafe correspondiente y poder acreditar ciertos conocimientos y experiencia en el tema). Al carecer este tipo de contratos de corretaje inmobiliario de regulación específica propia, tenemos que remitirnos a la jurisprudencia y ésta opina mayoritariamente que se produce el devengo de la comisión a favor del intermediario cuando el contrato encomendado se perfecciona, en este caso cuando arrendador/propietario y arrendatario/inquilino acuerdan precio y cosa en el contrato de arrendamiento, el devenir posterior de dicho contrato y sus posibles incumplimientos ya no compete al mediador. La labor de este finaliza con la perfección del contrato principal en la que se ha logrado un acuerdo. La consumación (que se haya firmado por 1 año y se vaya a los 2 meses) ya no depende de él.
  • NostraCasa

    profesional

    Es normal que quiera recuperar su dinero, pero no tienes ninguna obligación de devolverle el dinero, tu gestión realmente finaliza cuando firmas contratos a no ser que ofrezcas una gestión integral con control de cuotas etc, ya depende de tu moralidad devolverle el dinero o no, un saludo
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