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kro01

inquilino/a

Sobre devolución de fianza

Buenas tardes,

la situación es la siguiente, el mes de diciembre termine mi contrato de alquiler con la empresa que alquila el piso se entiende que es hasta el 31 de diciembre y por ley debo esperar un mes en corriente para que me devuelvan la fianza pero que pasa si yo entregue el piso antes? esto fue el 19 de diciembre cuenta apartir de la fecha que se entrega el piso, o es igual en este caso seria hasta finalizar enero?

Muchas gracias por la atención a mi pregunta

Saludos

  • Preguntado por: kro01
  • Hace 11 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Los treinta días que tiene el casero para devolver la fianza se cuentan a partir de la fecha en que se firmó el finiquito de contrato

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
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