Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

ana belen g.t.

casero/a

Mis inquilinos llevarán en agosto 1 año de contrato, ¿puedo volver a renovarles por otro año o tiene que ser más?

Me entregaron aval bancario, ¿también tendrán que volver a renovarlo por ese próximo año?

  • Preguntado por: ana belen g.t.
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No tienes que renovarles.

     

    Salvo que el inquilino se oponga, el contrato se prorroga el solito, sin que hagáis ni firméis nada por otro año.

     

    Y al año que viene igual, y al otro, y así hasta que el contrato cumpla 5 años.

     

    En ese momento (el 5º cumpleaños del contrato) podéis decidir AMBAS PARTES (hasta entonces sólo podía decidir el inquilino) si seguir por hasta 3 años más - de uno en uno y sólo pudiendo decidir el inquilino - o finalizarlo.

    Al 8º año el arriendo se extingue.

     

    Respecto al IPC que preguntas en tu otro post.

     

    Si el contrato es de primeros de agosto, se le debería aplicar el IPCGN de junio, que no se publicará hasta aproximadamente el 13-14 de julio.

     

    Respecto al AVAL, dependerá de la redacción. Pero si lo pediste prorrogable, debería ser prorrogable automáticamente en consonancia con el contrato.

    Sólo tú puedes saber qué ocurre con el aval leyéndolo.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas