Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

coni

inquilino/a

¿Cómo se recupera la fianza entregada para el alquiler del piso?
Mi contrato se ha ido prologando automáticamente sin documento alguno desde hace 3 años, cumplidos el 1 de marzo, ahora me avisa de nueva subida del 4.1 cuando me parece que debería de ser IPC 1.4 máximo, quiero dejar el piso ¿cómo lo hago correctamente?
  • Preguntado por: coni
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
hidal ha sido el primero en contestar
  • Antonio Postigo

    profesional

    Usted mismo puede hacer el cálculo correcto utilizando este enlace
    http://www.ine.es/calcula/index.do?L=0

    Tenga en cuenta que la fecha que debe poner es la de la última actualización que le hicieron, y como fecha final la de febrero de 2009 que a fecha de esta respuesta es el último dato publicado.

    Por lo tanto, y dependiendo de la última actualización incluso puede ser más.

    En cuanto a su deseo de interrumpir el arrendamiento, se le ha pasado el plazo de notificación que es como mínimo 30 días antes de cada prórroga, o más si así se acordó en el contrato.

    Le toca negociar una salida o continuar en el arrendamiento hasta marzo del año próximo, y procurando que no se le pase la fecha de preaviso.

    Un saludo.
  • //Mfan

    inquilino/a

    El 4.1 es incorrecto de cara a actualizar la renta, en tu caso, cumpliendo el contrato el 1 de marzo, el IPC a aplicar sería el de febrero que es el 0.7% en base al IPC general que es el que marca la LAU.

    Lo ideal es hablar con el casero, exponerle que el IPC es el 0.7%, que lo consulte con un abogado si quiere, y en base a eso acturar. Si a ti te gusta la vivienda no te podrá reclamar nada si aplicas ese 0.7% a tu renta, pero entiendo que llevarse a mal con el casero no es plato de buen gusto.
    • Respondido por: //Mfan
    • Hace 15 años
  • hidal

    profesional

    Debes enviar una carta via Burofax al arrendatario notificando con treinta días de antelación tu intención de abandonar la vivienda y rescindir en contrato, dejando la vivienda vacua expédita a libre disposición de la propiedad, aportando los últimos recibos de los suministros pagados y las lecturas de sus contadores.

    El propietario deberá realizarte un escrito de renuncia comprometiéndose a la devolución de la fianza o depósito en un plazo máximo de treinta días.
    • Respondido por: hidal
    • Hace 15 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas