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Andress

casero/a

Voy a alquilar un piso y tengo dudas en la elaboración del contrato y si hay que presentarlo en algún organismo
He comprado en el estanco el modelo oficial de contrato de arrendamiento y unos timbres adicionales que debo pegar en dicho contrato.

Mi pregunta es ¿dónde se pegan esos timbres, en el ejemplar del arrendador o en el del arrendatario, o los divido en los dos ejemplares?

Y en relación con la pregunta anterior ¿si yo hago un contrato privado y compro timbres en lugar del modelo oficial de arrendamiento en qué ejemplar los pego, en el del arrendador o en el del inquilino?
Y por último ¿dicho contrato lo tengo que presentar en la Comunidad de Madrid cuando presente la fianza para que me lo sellen o no hace falta presentarlo?
  • Preguntado por: Andress
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
BUFETE JOVER ha sido el primero en contestar
  • BUFETE JOVER

    profesional

    El contrato de arrendamiento no debe registrarse en ningún registro público para que sea válido. No obstante, se suele registrar en el Registro de la Propiedad para darle publicidad y que tenga efectos respecto a terceros.

    Con independencia del modelo oficial, que es el que se registra y del cual deberá darle una copia al arrendatario, debería confeccionar unas cláusulas anexas pues el modelo oficial es muy limitado y en él no se pueden preveer múltiples aspectos que pueden surgir a lo largo del arriendo.

    Le recomiendo que se asesore con un profesional.

    Bufete Jurídico Jover
    www.jover-abogados.com
    E-mail: info@jover-abogados.com
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