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marta tacoronte

inquilino/a

Solicitud de información sobre aval bancario.

 

Quisiera que alguien me de detalles sobre el aval bancario, por lo que he podido leer parece que tiene sus costos el solicitarlo al banco.

 

¿No le sería al propietario igual que se le pagase por adelantado seis meses o el año?

 

Gracias

 

 

 

 

  • Preguntado por: marta tacoronte
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (8)
PedroDiaz ha sido el primero en contestar
Mari Lolis ha sido elegida Mejor Respuesta
  • marta tacoronte

    inquilino/a

    Gracias a todos por sus consejos.

  • manuel josé

    casero/a

    En el peor de los  casos  ¿  cuántos  meses podría tardar el desahucio?   ¿SEIS  U  OCHO  MESES? (  UN MES  MÁS  si piensas en desperfectos)  Cobrar  garantía  por  ese  tiempo  y,  entretanto,  ir pagando  mes  a  mes.  saludos

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    pues mira yo no lo veo tan mala idea lo de pagarle el año por adelantado, a fin de cuentas eso es lo que firmas, un año y lo has de cumplir, por lo que no veo el problema.

    Para la propiedad es un alivio, cobra el año entero y tiene seguro que lo cobra, además habrá la fianza por si haces algún desperfecto, o sea que queda bien cubierto. Y si el inquilino a medio contrato se lo repiensa (cosa que hacen muchos) no hay pelea posible, si el piso esta correcto, le devuelve la fianza y se queda con lo cobrado.

    Y el inquilino, si tiene el dinero, pues ya no tiene que preocuparse en todo el año de pagar, de todos modos ha de hacerlo igualmente.

    Tampoco es nada extraordinario, esto es exactamente igual que los seguros, el contrato es anual, pero como el montante es alto, te lo fraccionan a 12 meses, pero el contrato hay que cumplirlo igual.

    Y la vivienda puede ser igual ¿porqué no? es un contrato anual fraccionado a mensual, pero si no se fracciona pues se paga completo y ya esta.....incluso se podría hacer como las compañías de seguros, un 5% menios por pagar el año completo.

    Si yo fuese casero, lo haría sin dudarlo.

  • manuel josé

    casero/a

    la LAU no prohibe recibir anticipadamente el alquiler pero prohibe exigirlo. A mi juicio no es conveniente recibirlo con tanta anticipación, por varios motivos, 1: Que el inquilino cambie de criterio y manifieste que se ha visto obligado a ello. 2. Que el contrato se resuelva durante la vigencia de esa entrega anticipada. 3. Cuando termine la vigencia del anticipo ¿en que situación queda la renta: mensual o por la duración del anticipo?
    Convendría  añadir  una  cláusula.   SALUDOS,

  • marta tacoronte

    inquilino/a

    Sobre el pago al casero por adelantado, me refiero a eso literalmente, darle el dinero al casero sin intermediación de nadie mas, claro que con su correspondiente documento que ampare que el pago se realizo, que quede la acción del pago reflejada en el contrato, en fin que quede bien claro que se le pago el año ¿ Es posible hacerlo, es decir jurídicamente es permitido? Y según la experiencia de los que aquí participan, cuales serian los pro y los contra de pagar por adelantado. Gracias.

  • manuel josé

    casero/a

    El  depósito en metálico puede ser muy interesante.  La única pega  es  que   del  2ª   mes  en  adelante  no pague  nada  hasta  estar al día  y   si no continúa pagando  se le presenta un problema  al  arrendador.  Únicamente pagando a la entrada  importe de  mensualidades (  calculando el tiempo  previsible  de  desahuciar en caso de impago )  y  seguir pagando cada  mes  su  mensualidad correspondiente  y regularizar  al término del contrato. saludos, 

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El aval bancario consiste en que un Banco se constituye en fiador para pagar los alquileres, en caso de que no lo pague el inquilino, evidentemente eso tiene unos gastos.

    La posibilidadde sustituir ese aval por un depósito en metálico puede ser interesante para el casero, pero exigirá que ese depósito permenezca intangible mientras esté vigente el contrato.

    Puede visitar mi blog: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ donde aparecen temas relacionados o consultarme directamente por teléfono: 807 520 008 (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,55 eur./min. Desde móvil)

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • PedroDiaz

    PedroDiaz

    inquilino/a

    El aval bancario lleva asociados unos gastos que dependen de la entidad a la que lo solicite. Normalmente son una comisión de apertura (en torno al 0,5%) y un interés (suele ser el 1% trimestral). Si no tiene vinculaciones con el banco le pedirán también que inmobilice el total del aval durante la vigencia de este. Para que se haga una idea, un aval de un año en un alquiler de 700€ le supondrá unos 40€ de comisión de apertura, una cuota trimestral de unos 80€, y tener parados en el banco 8400€ durante un año.

     

    Respecto a la segunda pregunta, por supuesto que el casero estará encantado si vd. le ofrece pagarle todo el periodo por anticipado, para él eso es mucho mejor que el aval. Posiblemente a la que no le interese eso es a vd.

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