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rayquilo

inquilino/a

¿Quién tiene que pagar los gastos de enganche de agua y luz?

Hola estoy de alquiler en un piso en el tiene luz y agua de obra, en breve nos van a poner los contadores y el propietario dice que el gasto de dichos contadores y el enganche lo tenemos que pagar los inquilinos. A mi como inquilino cuando se me hizo el contrato en una agencia y con un gestor no se me informo de que el piso tenia luz y agua de obra y que no tenia celula de habitabilidad y ahora dice el propietario que si no lo poagamos nos tenemos que ir y no se nos devolveria la fianza. Un pequeño dato es que tengo el gasto de luz y agua incluido. Entonces ¿de quién corre el gasto?

  • Preguntado por: rayquilo
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
ArquitectoSinTrabajo ha sido elegida Mejor Respuesta
  • ArquitectoSinTrabajo

    profesional

    Entiendo todo lo que vosotros digais, que necesitabais ya la vivienda por urgencia de esto y lo otro, bien, que habeis sido engañados,... pero lo que no se puede entender es quién os ha dicho que podeis ocupar las viviendas sin la Licencia de Ocupación y sin la Cédula de Habitabilidad, es que realmente no teneis derecho a nada. El propietario no se pone en su sitio y es capaz hasta de devolver la fianza porque sabe que lo que hace es ilegal (Yo siendo él estaría acojonado, pero estos golfos no se asustan de nada). Dicho esto, es el propietario quien está obligado por encima de todo a urgentemente solicitar la Ocupación y Habitabilidad (Así lo dicta la LOE) y por supuesto a pagar las facturas del agua y de la luz de obra pendiente. Respecto a contadores individuales y enganche (Agua y electricidad), es a él a quién corresponde ponerlos en servicio porque es obligación de quien solicita la Licencia de Ocupación, lo que pasa es que se podría llegar a un acuerdo si vosotros aceptais cambiarlos a vuestro nombre pero no teneis ninguna obligación y además los debe pagar él en cualquier caso. Pero lo que teneis que exigir prioritariamente es la Licencia y la Cédula antes indicada, no lo olvidéis. 

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si está incluido en su contrato, parece que es cosa del propietario.

    tranquilo en cuanto al farol de que "tendrá que irse". Sólo un juez puede ordenarle salir de esa vivienda contra su voluntad.

     

    asegúrese de que está en el contrato, porque ese gasto es negociable.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

     

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