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Mónica Mullor

inquilino/a

Está permitido fumar en las áreas comunes de un edificio de vivienda: zonas de acceso, ascensor, pasillos etc

Si la respuesta es que NO está permitido y los inquilinos igualmente  fuman en las áreas comunes. Como tendría que reaccionar la directiva de la comunidad ante la petición de colocar pegatinas con el signo de NO fumar en las áreas comunes?

Agradecida de una respuesta les saluda cordialmente

  • Preguntado por: Mónica Mullor
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Cito a nuestro super-Juan:

    "En los espacios comunes de los edificios en régimen de propiedad horizontal es la junta de propietarios la que puede decidir por mayoría simple acerca de la prohibición de fumar (art. 7.s de la Ley 28/2005). Ese acuerdo puede recaer sobre los espacios cerrados, como las escaleras o el portal, o también sobre los espacios abiertos, como las terrazas o piscinas, en su integridad o por zonas. A falta de acuerdo, se podrá fumar en cualquier espacio común, con la excepción de los ascensores, en los que aquella ley no da opción a fumar (art. 7.m)."

     

    Fuente: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/legislacion-alquiler/fumar-ascensores-y-escalera-vecinos_24541.html

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

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