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VeronicaMadrid

casero/a

¿Qué se hace con los enseres del inquilino el día del desahucio?

Hola mis padres tienen un piso alquilado y tras 4 meses de impago, han interpuesto una demanda de desahucio, cuando el oficial del juzgado vino a entregar la citación al inquilino, éste no estaba o no quiso abrir la puerta, con lo cual se le dio por notificado en los tablones del juzgado y evidentemente no se presentó al juicio.

En los próximos dias se procederá al lanzamiento y aquí es donde tengo unas dudas que espero que alguien sepa aclararme.

El inquilino tiene muebles de su propiedad (sillones, alfombras plantas..) pese a ser un piso amueblado. Cuando se proceda al lanzamiento ¿Quién ha de vaciar el piso de todos sus enseres personales Tv ropa muebles etc...?

¿Está el propietario obligado a contratar una camión de mudanzas?

¿Se pueden depositar en la calle y que el inquilino se haga cargo?

¿Tiene el ayuntamiento algún servicio para estos casos? O tiene que añadir el propietario (a parte de los gastos de abogado procurador rentas impagadas cerrajero... etc ) un gasto adicional de una mudanza hasta un depósito municipal?

Muchas Gracias de antemano.
Un saludo.

  • Preguntado por: VeronicaMadrid
  • Hace 14 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (6)
Muelles ha sido el primero en contestar
Muelles ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Alfonso Moyano

    Alfonso Moyano

    profesional

    Los bienes del inquilino que queden en la vivienda, tras el deshaucio, se considerarán abandonados por este y son de usted.

     

    Si los quiere, estupendo. Sino, avise al servicio de su ayuntamiento de recogida de residuos, que vendrán a su casa, a recoger dichos bienes y trasladarlos a vertedero. Ignoro si es igual en todas las poblaciones pero este servicio a particulares suele ser gratuito.

     

    Por tanto, NO necesita ninguna empresa de mudanzas ni de guardamuebles, salvo que usted quiera dar ese servicio a su inquilino, que a la vista de lo que expone, no creo que sea el caso.

     

    Saludos cordiales.

  • Muelles

    casero/a

    Te copio aquí el párrafo que recordaba haber leído. Otra cosa es la interpretación jurídica que los tribunales hagan de él, que ahí no me meto porque no sé torear. Se trata del artículo 703 de la Ley de Enjuiciamiento Civil:

     

    Artículo 703. Entrega de bienes inmuebles.

    1. [...] Si en el inmueble que haya de entregarse hubiere cosas que no sean objeto del título, el tribunal requerirá al ejecutado para que las retire dentro del plazo que señale. Si no las retirare, se considerarán bienes abandonados a todos los efectos.

    2. [...]

    3. De hacerse constar en el lanzamiento la existencia de desperfectos en el inmueble originados por el ejecutado o los ocupantes, se podrá acordar la retención y constitución en depósito de bienes suficientes del posible responsable, para responder de los daños y perjuicios causados, que se liquidarán, en su caso y a petición del ejecutante, de conformidad con lo previsto en los artículos 712 y siguientes.

    • Respondido por: Muelles
    • Hace 14 años
  • VeronicaMadrid

    casero/a

    Antes que nada mostrar mi agradecimiento por vuestras respuestas.

    La respuesta que me dio el abogado es, que era conveniente tener en el dia del lanzamiento previstos, los servicios de un cerrajero y un camión de mudanzas. Según he leído creo que en la calle no se pueden dejar debido a las ordenanzas municipales que impiden depositar enseres en la vía pública.

     

    Mi abogado me ha comentado que, los agentes judiciales no van a ejercer de porteadores y bajar muebles ya que lógicamente no es su trabajo.

    Entonces ¿Cuál es la solución en estos casos correr con el gasto de mudanza tambien el propietario?

    Ya que lo que si tengo claro es que, después del daño y la mala fe del inquilino, no se los vamos a guardar hasta que encuentre otro piso, en el que volver a estafar a sus propietarios.

    Muchas Gracias y a ver si alguien sabe alguna alternativa que desconozca.

    Un saludo.

  • usuario eliminado

    En el edificio donde vivo, hace poco hubo un desahucio judicial, y los agentes judiciales dejaron todo el mobiliario del moroso amontonado en la calle directamente.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Este invierno pusieron en TV1 un episodio de Comando Actualidad dedicado a este tema.

    El día del lanzamiento, el personal del juzgado se presentaba con un cerrajero y con un camión de mudanzas para sacar las pertenencias del inquilino.

    Lo que no sé es si tienes que advertirlo o van en todos los casos.  Pregunta a tu abogado.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • Muelles

    casero/a

    Recuerdo haber leído en alguna parte que al estar previamente notificada la fecha del lanzamiento, todos los objetos del arrendatario que no hayan sido retirados con anterioridad se consideran abandonados a todos los efectos, pudiendo el propietario disponer de ellos como estime oportuno.

    • Respondido por: Muelles
    • Hace 14 años
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