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Lidia gomez

inquilino/a

Mi casero me dice que si me marcho el día 1 del mes que viene tendré que abonarle otro mes de alquiler. ¿Es legal?

Me marcho por trabajo de mi pisoy de Barcelona, que alquilé por un período de 5 años en Barcelona, de los que han pasado ahora 3 y pico. Avisé 11 días antes, por lo que supongo que no tengo derecho a recuperar la fianza. ¿pero es legal, como me dice él, que me tenga que marchar el día 30 porque se me voy el día 1 por la mañana tendré que abonarle otro mes?  

¿se supone que hay un limbo de personas que tienen que hacer una mudanza un día antes y dejar sus cosas en un hotel o en casa de amigos hasta entrar en la siguiente casa un día más tarde?

 

 

  • Preguntado por: Lidia gomez
  • Hace 12 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • Paolo_x

    inquilino/a

    Lidia, 

     

    Si solo le pide el mes de fianza, ha hecho usted el trato de su vida!

     

    sobretodo, dejenlo todo por escrito y firmen un documento de finalización de contrato donde se indique que la fianza se toma como indemnización por marcha anticipada, sin dar lugar a mas indemnizaciones.

     

    evidentemente si se va el dia 1, esta iniciando otro mes, por lo que deberia abonarlo o llegar a un acuerdo con el casero.

    yo, visto lo que indica, no discutiria mucho con el casero.

     

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 12 años
  • manuel josé

    casero/a

    Al marchar a mediados de año es incumplimiento de contrato y en caso de demanda un juez suele sentenciar al pago de mensualidades restantes o hasta que el piso vuelva a estar alquilado. Además gastos de abogado,procurador, costas judiciales.

    Si puede demandarla y exigirla el pago de resto mensualidades, lo que le exije es menor a lo que tiene derecho. Tampoco tiene obligación de conformarse solo con la fianza. De todos modos que se figure por escrito con la conformidad de ambos con la pérdida que acuerden sino posteriormente la podría demandar

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