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Rbc

inquilino/a

3 inquilinos, de los cuales 2 se marchan incumpliendo el contrato.

 

Muy buenas, mi consulta es la siguiente:

Resulta que comparto piso con 2 personas más. El contrato nos cumple en febrero de 2013, pero 2 de los 3 inquilinos se quieren marchar en el mes de noviembre por motivos profesionales y el otro por motivos personales. El dueño me obliga a abandonar también el piso o a pagar la cuantía total. Decido irme porque no puedo hacer frente al pago total del piso, pero como incumplo también el contrato, pierdo la fianza. Yo le comento que no me voy por propia voluntad, sino porque “me veo obligada” a irme, por lo que reclamo mi parte de fianza. La agencia me dice que esa fianza no le corresponde al dueño, sino que debo reclamarla a mis dos compañeros que se marchan incumpliendo el contrato. Intentando llegar a un acuerdo para que yo no denuncie, el dueño decide darme 90 euros, pero qué ocurre con los otros 90 restantes? A quién le corresponde dármelos?

Muchas gracias.

  • Preguntado por: Rbc
  • Hace 11 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (9)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Rbc,veo que no lo tienes claro a pesar de todas las respuestas acertadas que te han dado.Hay dos partes: una =casero y otra= tres inquilinos.La parte que incumple es la de los inquilinos,que da lo mismo de quién sea la culpa del incumplimiento de los tres,porque sois los tres responsables de forma solidaria o mancomunada.Tu no puedes pretender aislarte unilateralmente del resto y decir que no es por tu culpa.Cuando en una cordada de escaladores hay tres unidos por la misma cuerda,cuando hay una caída,da lo mismo el que ha resbalado,se precipitan los tres.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No es un problema de fe, No creo que mucha gente acepte estas condiciones, es mas bien que antes de firmar un contrato se debe ser consciente de las obligaciones que se contraen y en un arrendamiento compratido se adquieren las propias y las ajenas, es lo mismo que cuando se inicia un negocio con otros socios, iempre hay fórmulas para limitar esa responsabilidad por actos ajenos.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Rbc

    inquilino/a

    Acabo de leer el decálogo del inquilino y se ha cumplido todo esto, menos especificar los derechos individuales. No creo que mucha gente acepte estas condiciones.

    El caso es que si me tengo que ir del piso de manera obligada, porque los otros dos inquilinos se marchan, mi pregunta es si yo tengo el derecho de reclamar la fianza que pierdo por las personas que incumplen el contrato. Es que no es solo esto, sino que también se corta el contrato de internet que teníamos por no cumplir todos los meses y nos ha llegado una multa de 120 euros, la cual también quieren que yo me haga responsable. Por supuesto, yo no soy la titular de la línea.

    • Respondido por: Rbc
    • Hace 11 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Supongo que no ha leido el DECALOGO DEL INQULINO.

    Cuando se pacta un arrendamiento compartido deben quedar plasmadas en elcontrato las clausulas que defiendan los intereses que vd quiere defender, la ley en esa ámbito no le perjudica ni va a ser modificada en ese aspecto.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Rbc

    inquilino/a

    Muchas gracias Pholmo. Yo no pretendo quedarme en este piso pagando la tercera parte, pero sí es verdad que yo ahora tengo que hacer un gasto "que no debería" para dejar este piso e irme a otro, y que además esta situación me hace perder a mi dinero, cuando yo no soy la que no estoy incumpliendo el contrato.

    Cuando compartimos piso a unas edades entre 28 y 33 años, lo hacemos porque no podemos hacernos cargo de todo un alquiler por motivos económicos. Lo que no puede ser, es que cada vez que alguien se quede sin trabajo o lo trasladen, el resto de compañeros que viven en ese mismo piso, sufran las consecuencias "económicas".

    Entiendo perfectamente que así está la ley, y que se están haciendo las modificaciones en el nuevo decreto que no está todavía publicado si no me confundo. Pero con la ley que hay por el momento, es importante saber hasta donde podemos defender nuestros intereses individuales, dentro de los colectivos.

    Gracias!

    • Respondido por: Rbc
    • Hace 11 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Los aarrendamiento compartidos, según la doctrina mayoritaria, se entienden solidarios, pero para el caso es lo mismo, ya que si fuera mancomunado vd no puede pretender quedarse pagando la tercera parte del alquiler.

    Firmar un contrato de arrendamiento compartido es un riesgo rayano en la temeridad, hoy por hoy.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Rbc

    inquilino/a

    Muchas gracias por vuestra contestación.

    Comento que la agencia se ríe de mí, cuando les hablo de contratos mancomunados y solidarios. En el contrato que yo he firmado con estas 2 personas más, no especifica en ningún momento que sea solidario, por lo que entiendo que es mancomunado.Ellos dicen que solidario o mancomunado, si se van y me quedo yo sola, tengo que pagar el total y si me voy, pierdo la fianza..

    Como se comportaron de esa manera, no haciendo caso a esto, mi duda es si yo podría reclamar los otros 90 euros a las personas que imcumplen el contrato.

     

    Gracias!

     

    • Respondido por: Rbc
    • Hace 11 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Si tu te quedas sola ,debes hacerte cargo de la renta total y cuando te vayas recibir las fianzas de los tres ya que no se incumple y el casero deberá devolverla.Pero si te vas antes ,perderás el total de dicha fianza y no el 50% como te descuenta

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    El dueño le ha regalado esos 90 euros, usted debe reclamarle lo que quiera a sus compañeros que son los que incumplen el contrato, y si eran arrendatarios solidarios, el arrendador tiene razón a decirle que si se quiere quedar tiene que pagar usted la renta integra.

    Otra cosa es que no fueran arrendatarios solidarios.

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