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carol62

casero/a

Revisión obligatoria gas/Arrendataria no procede a su realización

Buenos días, Tengo una arrendataria que no quiere cumplir con la obligación de dejar acceder al inspector del gas en el piso alegando problemas con el horario laboral. Entiendo que yo como propietaria la ley me prohíbe entrar en la vivienda arrendada para proceder a que hagan la revisión. Si solicito a la arrendataria por escrito permiso para entrar en la vivienda, ¿entra dentro de la ley? aunque por otra parte, con un permiso escrito por ella no me gusta la idea. En el contrato de arrendamiento no se contempló esta posibilidad. Agradecería una opinión al respecto.

  • Preguntado por: carol62
  • Hace 9 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
  • carol62

    casero/a

    Le solicité a la empresa encargada para realizar las inspecciones del gas un comprobante/justificante conforme la inquilina no ha procedido a que dicha revisión se lleve a cabo y me dicen que ellos no me pueden dar ningún justificante, ¡increíble! Como les dí los teléfonos de la inquilina me dijeron que el móvil no lo contesta y en el fijo contestó una persona diciendo que ella llega a las 9 de la noche a casa y que le darían el recado. La empresa me dijo que como tiene todo el año para que se lleve a cabo la revisión la irían llamando pero mucho me temo que no va a hace caso. He optado por comunicar por escrito a la compañía del gas  la incidencia y que el piso está en alquiler y aunque yo soy la titular del contrato del gas, ella es la usuaria del suministro y el piso está arrendado así que me exonero de cualquier tipo de responsabilidad que me quieran imputar. Gracias por vuestras respuestas.

    • Respondido por: carol62
    • Hace 9 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Que te de ella fecha y hora y consigue que vayan los del gas en ese horario.
    Otra opcicón, que quede constancia por escrito que no se accede a la vivienda por la imposibilidad de que la arrendataria acuerde un horario con el inspector, así usted no tendrá la responsabilidad en caso de accidente.
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola carol: La única inspección obligatoria es la que debe realizarse cada 5 años (4 en el País Vasco), siendo responsable de la misma el titular o el usuario. Por otro lado, la inspección debe realizarse dentro del año natural, por lo que en principio su arrendataria dispone de todo el año 2015 para dejar acceder al inspector. Reciba un cordial saludo. http://letradosalquileres.es.tl
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