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cosmineva

inquilino/a

El propietario de la vivienda la quiere vender, ¿cómo negociar?

Llevamos viviendo seis meses en alquiler y el propietario quiere vender la vivienda. El contrato no tiene claúsulas raras. Tenemos derecho a vivir 5 años. ¿Es cierto que si dice el propietario que la necesita para vivir pueda echarnos? nos gusta la casa y hasta hemos pensado en comprarla pero nos pide precio elevado y no nos dan la hipoteca al 100%. ¿Alguna recomendación? GRacias!

  • Preguntado por: cosmineva
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
arquitopo ha sido el primero en contestar
arquitopo ha sido elegida Mejor Respuesta
  • arquitopo

    arquitopo

    profesional

    Básicamente, es un contrato de alquiler en el que las partes pactan la opción de compra a una fecha concreta y con un precio prefijado, contando el dinero que se ha pagado hasta dicha fecha como parte del pago de la compra. Si ésta al final no se realiza, el dinero queda como pago de alquiler y punto.

    El alquiler viene a servir entonces como la entrada de la vivienda, y el propietario no tiene que preocuparse de buscar comprador ni ponerse de acuerdo con los inquilinos para la venta. Aunque, si el propietario quiere comprar una nueva, difícilmente va a consentir en esta solución, que retarda el momento de la venta.

    Respecto a las tretas que puede hacer el propietario, tenga en cuenta que la ley establece muy claramente qué cosas puede y no puede hacer el propietario, y qué cosas tiene que hacer ustedes y no. A él le va a resultar muy difícil vender si ustedes no enseñan la casa, y como le dije no tienen por qué hacerlo. Y en el momento de la venta, ustedes pueden ejercer su derecho de tanteo y retracto y adquirir el inmueble por el importe por el que haya escriturado el comprador.

    Por estos motivos, a él es al primero al que le interesa negociar y ponerse de acuerdo con ustedes; sin su acuerdo, difícilmente va a vender nada.

     

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola cosmineva.

     

    Le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos, quien le explicará con detalle la información que le ha facilitado el Sr arquetipo.

     

     

    Reciba un cordial saludo 

     

    Despacho Armando García Fernández.

     

    http://letradosalquileres.es.tl

     

    Email: letradoalquileres@hotmail.com

     

    Email2: armandogarcia@ical.es

  • cosmineva

    inquilino/a

    Gracias arquitopo!!

    No sé bien qué significa un contrato de alquiler con derecho a compra. No creo que al propietario le interese, ya que nos ha contado que quiere comprarse una casa con el dinero que gane con la venta de la casa en que vivimos. Sabemos que no la necesita para vivir pero también somos conscientes de que puede hacer sus tretas para conseguir lo que necesita ya que es dueño de una inmobiliaria potente de larga trayectoria en el municipio que vivimos. Nosotros no queremos fastidiarle su plan de vender ni queremos beneficiarnos de esta situación. Pero no es justo que tengamos que estar en tensión ante esta situación. El precio que nos pone de venta no es especial de ninguna manera. Y nosotros necesitamos 100% del valor de tasación del piso y las entidades solo intentan aparte de pedir aval, pedir hipotecar bienes comunes de la familia, que no son míos, sino de mi madre. No sabemos qué hacer. La casa nos gusta pero tal y como están las cosas llas entidades no ayudan nada, solo estrujan. Cómo funciona un contrato de alquiler con opción a compra? igual puede ser una salida buena para él y para nosotros... GRACIAS!!! :)

  • arquitopo

    arquitopo

    profesional

    -efectivamente, tienen derecho a quedarse en la casa durante un plazo de cinco años. 

    -si el propietario vendiera la casa, el comprador tendría que respetar el contrato firmado, la renta y los plazos vigentes.

    -como inquilinos, tienen derecho de tanteo y retracto, es decir, tendrían preferencia a la hora de comprarla.

    -no tienen obligación ninguna de enseñar la vivienda a ningún posible comprador, si no lo desean. 

    -Respecto a que el inquilino necesite la vivienda, tiene que aparecer expresamente en el contrato la necesidad por su parte o por familiares directos de usar la casa como su vivienda habitual. si no aparece en el contrato, no puede aplicarse.

    A partir de estos puntos, lo que puedan ustedes negociar. si están interesados, tal vez puedan plantear firmar un contrato de alquiler con derecho a compra.

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