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Francisco Rodriguez

inquilino/a

Dentro del alquiler tengo incluida la comunidad, pero mi casero no la paga, ?pueden negarme el uso de los servicios comunes?

En mi caso para acceder a la piscina, gimnasio y sauna han instalado un sistema de apertura con tarjeta y el administrador se niega a darme dicha tarjeta alegando que el propietario adeuda recibos de comunidad, le informo e incluso le muestro mi contrato de arrendamiento y los justificantes bancarios del ingreso mensual de mi alquiler, de que yo cada mes pago a mi casero dicha comunidad, pero aun asi se niega a darme dicha tarjeta de acceso ?Que puedo hacer?. Gracias. 

  • Preguntado por: Francisco Rodriguez
  • Hace 9 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • usuario eliminado

    Yo no estoy de acuerdo con la anterior respuesta:

    1.- la primera opción no es "jurídica" sino "social" en el sentido de que el inquilino (al no ser propietario) no tiene ninguna facultad para "obligar" al presidente de la comunidad a interponer ningún monitorio. Todo dependería de que el presidente quisiera o no interponer esa demanda, y es muy posible que no le interese hacerlo por pura "comodidad". Con esa opción nuestro consultante no tendría ninguna solución "real".

    2.- Lo segundo es muy arriesgado y yo no lo haría porque se arriesga a un desahucio por falta de pago. Sería peor el remedio que la enfermedad, amen del famoso dicho "tengas pleitos y los ganes".

    Yo creo que la solución más ajustada a derecho es que Ud. interponga una demanda contra su casero pidiendo dos cosas: 1) que le indemnice por los meses que Ud. no ha podido disfrutar de esos servicios porque él no había pagado y que ya no puede recuperar. 2) para que en adelante Ud. pague directamente esa cuota a la comunidad descontándolo de la renta y evitando de ese modo que pueda volver a tener ese mismo problema.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 9 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Debería decirle ak administrador que le ponga un pleito a su casero, p.ej, un monitorio, y le embargue el alquiler, también podria Vd comunicarle a su casero que pagará esa deuda y se la descontara del alquiler, lo segundo es mad arriesgado

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
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