Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Susan9

inquilino/a

¿Cuándo una casa puede declararse ruina?

Sabiendo que el arrendador ha de pagar la cédula dehabitabilidad tengo una pregunta para un experto que tenga la bondad de ayudarme en consejos y es que he leído en la LAU:

 

Artículo 21Conservación de la vivienda

1. El arrendador está obligado a realizar sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 1.564 del Código Civil.

 

La obligación de reparación tiene su límite en la destrucción de la vivienda por causa no imputable al arrendador. A este efecto, se estará a lo dispuesto en el artículo 28.

Y EL ARTÍCULO 28 ES:

 

Artículo 28Extinción del arrendamiento

El contrato de arrendamiento se extinguirá , además de por las restantes causas contempladas en el presente Título, por las siguientes:

a) Por la pérdida de la finca arrendada por causa no imputable al arrendador.

b) Por la declaración firme de ruina acordada por la autoridad competente.

_______________

  • Preguntado por: Susan9
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Susan9 ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola susana:

    para responder a su pregunta son necesarios más datos y poder examinar el informe el ingeniero.

    por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos

    Reciba un cordial saludo 

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

     

  • Susan9

    inquilino/a

    SIGO:

     

    Como resulta que el dueño no nos la quiere alquiler porque el ingeniero que vino a ver si tenía o no cédula dice que la casa está en ruina (pero no está en ruinas! el ingeniero piensa que hay terminas en la madera pero no son de madera sino de "formigó" y no hay terminas) resulta que han llenado la cabeza del dueño diciendo que la casa tiene terminas y etc y AHORA el dueño:

    -no quiere renovar el contrato de alquiler

    -no quiere pagar él la cédula de habitabilidad 

    Nosotros le hemos dicho que entonces si no nos alquila de nuevo la casa la queremos comprar pero el dueño dice que: Ok que la compremos. ¿Pero puede vender la casa si él no paga la cédula de habitabilidad? Él no la paga seguramente porque cree que está en ruinas la casa, pero si le demostramos que la casa no está en ruinas y entonces, antes de comprarla nosotros, ¿el dueño iene la obligación de pagar los arreglos de la casa para que sea habitable habéndose demostrado que la casa no está en ruinas?

    GRACIAS POR SU APRECIADA AYUDA.

     

    • Respondido por: Susan9
    • Hace 13 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas