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jose luis estevez

casero/a

Mi exmujer quiere vender su mitad del piso donde vivo con mis 2 hijos. ¿Qué derechos tiene el comprador?

Tengo la mitad indivisa del piso donde vivo con mis 2 hijos menores,mi exmujer quiere vender su otra mitad indivisa,de la cual yo tengo el usufructo por sentencia judicial y yo no puedo economicamente adquirirla, por lo tanto si lo vende a una tercera persona ¿que derechos y obligaciones tendria el comprador? ¿me podria obligar a venderle mi parte? ¿podria cobrarme algo por seguir viviendo en el piso? ¿estaria el comprador obligado a pagar la mitad del IBI y la comunidad?

  • Preguntado por: jose luis estevez
  • Hace 11 años
  • Categoría: Opción a compra
Respuestas (21)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
CristinaT ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Pedralbes Abogados

    casero/a

    Siempre que la vivienda no forme parte de la comunidad de gananciales, puede vender su mitad indivisa, el otro copropietario tendrá el derecho a retracto. Hay empresas que compran proindivisos como Elegant Luxe. Encontraran más información en https://proindivisoherencia.com Quedamos a su disposición, Pedralbes Abogados
  • peterpan

    inquilino/a

    yo me imforme para vender mi parte,y si que la podia vender sin necesidad de comunicarle nada a ella,lo unico que no la vendi por que las empresas que las compran te la pagan segun la edad que tengan los hijos que es cuando ellos se hacen con el total de la propiedad y no me daban ni un 20% del valor de mi mitad de la casa y por eso no la vendi,si la vende es para fastidiarte nada mas

    • Respondido por: peterpan
    • Hace 10 años
  • Jaume Ollé

    casero/a

    Por partes. En cuanto a la venta existe tu derecho de comunero y puedes ejercitar el retracto si és posible, si no lo ejercitas la titularidad del inmueble quedara por mitad y proindiviso entre tu y el nuevo comprador. Esto no afectaria al derecho de uso que hay que creer que tienes concedido y sin duda lo tiene al menos uno de tus hijos, però el derecho de uso es muy distinto al usufructo. A partir de aquí el nuevo comprador podria pedir la disolución judicial y adjudicarse tu mitad en subasta de manera que quedaria como dueño único del piso. En esta situación debe haber precedentes sobre la compleja situación juridica  ¿Persiste tu derecho de uso? (si que persistiria el de tu hijo sin duda) ¿Es compatible este derecho de uso con el uso por un nuevo propietario del pleno dominio?. Estos temas ya se habran estudiado y tendran jurisprudencia; aunque mi hija es juez y podria enterarme creo que és mejor consultar a un abogado (experto, quizàs la otra parte ya tenga un abogado asesorandole). Mi opinión es que el nuevo comprador acabará adquiriendo todo el piso y conseguirá la extinción del derecho de uso a partir de la mayoria de edad (en todo caso antes de los 25 años) del hijo que tiene el derecho especialmente si usted recibe una cantidad por su mitad que le faculta para alquilar otra vivienda o para comprar una aunque sea de menor calidad y superficie.

  • KABRA

    inquilino/a

    No hagas ni puñetero caso de lo que tu ujer diga o haga. Si tu exmujer vende su mitad indivisa, tiene que comuinicarte notrialmente el dia, hora y notaria donde hará la venta. Si te interesa puedes ir a la notaia e informarte del precio de venta, y si te interesa por el precio que paga el comprador te la adjudicas tú. Pero lo mejor es esperar a que elcomprador o tu esposa te norifiquen la venta en escritura publica o la inscripcion registra. Estan obligado a comunicartelo.   Entonces tú por el valor escriturado e inscrito en elregistro de la propiedad te adjudicas esa mitad indivisa de tu exmujer y te quedas con el plenodominio del inmueble.  

    si no puedes adquirir su mitad indivisa (usufructo + nuda propiedad de su mitad) el que la adquiera tiene que pasart por lo que diga la sentencia judicial, debera pagar la mitad del ibi  y ademas los gastos de la comunidad corespondientes a obras de mejora de la comunidad (pero no el consumo de agua y luz de la escalera, ni los gastos de mantenimiento del ascensor, etc. ).

    seria ocnveniente que inscribieras la sentencia en el registro de la propiedad para que el notario en el momento de formalizar la escritura se lo haga saber alcomprador. De todas formas yo nunca compraria una vivienda con otro propietario dentro con dos hijos y con una sentencia judicial favorable en la que te da el uso y disfrute de toda la vivienda durante el tiempo que estipula la sentencia, o hasta que tus hijos sean independientes si no lo especifica.

    salvo mejor criterio.

    saludos

    • Respondido por: KABRA
    • Hace 11 años
  • CristinaT

    inquilino/a

    Estimado José Luis ni sé otro idioma más que el inglés, ni sé nada de legislacion. Tampoco conozco las circunstancias de vuestra relacion y separación.

    Sólo Deseo de corazón que la persona que una vez te quiso, y que es la madre de tus hijos, recapacite y ponga el bienestar de ellos por delante del beneficio o necesidad económica de vender parte de  tu casa.

    Y que si la tiene, consiga subsanarla sin alterar vuestro hogar ni vuestra paz mental.

    Que se resuelva de la mejor manera para todos los involucrados.

    Un abrazo y que así sea.

     

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Pues al final resulta que yo tenía razón  que no hay usufructo sino simple autorización judicial para usar la vivienda. Ves, javier lo importante que son los conceptos en Derecho.

    José luis: Si su condueña vende su parte y vd no puede ejercer el derecho de retracto el comprador puede solicitar la disolución judicial del condominio y sacar a subasta la vivienda. El efecto de ello sobre su situación actual no soy capaz d edeterminarlo con los esacsos datos de que dispongo.

    Le sugiero lea este enlace sobre todo el último párrafo

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • jose luis estevez

    casero/a

    Soy Jose Luis, veo con satisfaccion que sabeis latin (en el sentido literal) pero vamos a lo que vamos que os vais del tema, tiene razon Pholmo en que no es usufructo sino USO lo que dice la sentencia que el juez nos adjudica a mi y a uno de mis hijos, ya que mi otro hijo vino a convivir despues.

     ¿A que te refieres Pholmo en que ¨cambiaria la situacion notablemente¨? entiendo que mientras convivan conmigo, el comprador de la otra parte indivisa no puede tomar ninguna accion, ni obligarme a venderle mi parte, ni exigirme pago de alquiler etc, es mas, pienso como Javier, estará obligado a pagar la mitad del IBI e incluso seria discutible si la mitad de los gastos de comunidad, ya que dichos gastos los paga ¨La comunidad de propietarios¨ y el lo sería  tambien, por lo tanto sigo sin entender que exista un personaje asi y que es exactamente lo que pretende, en principio pense como Javier,que era una oferta falsa, pero he comprovado que no lo es, asi que puedo hacer, ¿No digo nada y a ver que pasa? o me hago politico corrupto.

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Javier, de esos formularios no hace tanto tiempo, que yo tb los he tenido que rellenar....y hacíamos lo mismo.

     

    Por cierto, sería aconsejable que jose luis fuera a un abogado y preparase alguna defensa "por si acaso" y para corroborar si tiene el "usofruto"  o la atribución judicial.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 11 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    JA.JA.JA.LA ....Es que ya no aguanto el "pulso"por más tiempo Ja.JA .JA.

    Es que ya no puedo aguantar más la risa,¡ hay qué bueno!

    Hace muchos años al pasar una frontera africana,nos hacían rellenar un formulario absurdo en el que preguntaban cosas rarísimas tales como ¿profesión de tu padre?etc etc.Y cláro ,nosotros rellenábamos a nuestro aire ¿nombre? =Juan Sebastián El Cano,¿profesión?=mamporrero y así el absurdo formulario.Y lo más dificil para pasar la aduana era aguantarnos todos la risa,para que no se mosquese el "zote "de turno ,que para darse importancia ,en un muy mal francés decía ,comparando el pasaporte con lo escrito: trevian,trevin etc etc

    Ruego disculpas por la licencia que me he tomado ,Pholmo,Saludos

    usufructo=uso del fruto

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Pablo no se trata de lo que signifiquen las palabras o su etimología usufructo es un concepto jurídico perfectamente definido desde hace dos mil años, precisamente por un tocayo tuyo. ius alienis rebus utendi fruendi salva rerum substantia

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Paolo_x

    inquilino/a

    Aqui el informático os va a dar con el latin :P

    Usus Fructus

    Usus ya sabemos lo que es.

    fructus, no se refire a fruto; sino que viene derivada de "frui"; que es "Disfrute"·

    Que os parece?

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 11 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Prometo desde este mismo instante ,en no volver a dar mi opinión sobre el origen de  la palabra "usufructo"..... que sigo opinando que viene del derecho al uso del fruto. FIN (yo no sé latín) pero sé de dónde viene

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    javier la importancia de las palabras es crucial en esta profesión.

    Aquí me parece que Wiki navega bastante, según el jurisconsulto Paulo (1,I,D) Usufructo es el derecho de usar y disfrutar cosas ajenas, quedando salva su susbstancia. Te lo pudo poner en latín.

    Si embargo en este caso me temo que no haya usufructo sino atribución judicial de uso, en cuyo caso la cuestión cambiaría notablemente. jose luis estevez tiene la última palabra

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Muy bueno Pedro.

    jose luis estevez Veo la mano de tu ex,haciendo una oferta falsa mediante un tercero,para que te vuelvas loco y compres tu ese 50% ,Ya que sería la única forma de cobrar su parte ,Sin tener que "dejartela por la cara" ¿Puede ser? . Me da que tu ex, tiene el síndrome de la abeja  (Se cree la reyna y solo es un bicho)

    ¡¡ojo y al loro!

  • Paolo_x

    inquilino/a

    Jose Luis, 

    El tuyo es un caso ciertamente curioso; te ruego vuelvas a contarnos como ha ido la cosa, por favor.

    de esto aprendemos!

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 11 años
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