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degana

inquilino/a

Como consignar en irpf 2013 la deduccion autonomica alquiler vivienda habitual Castilla y León con 2 arrendadores

Hola

Tengo 35 años y en el 2013 he vivido de alquiler en 2 pisos:

en el 1º de enero a septiembre 2013.

en el 2º de octubre a diciembre 2013.

el problema me surge al consignar la deduccion autonomica de Castilla y Leon, para alquiler de viivenda habitual:

sería del 15% ya que vivo en una ciudad de unos 60000 habitantes, pero solo tengo una casilla para consignar la cantidad pagada de alquiler y otra para poner un nif.

como debo proceder para cumplimentar esta parte de la declaración. Ya que en la parte estatal me da la opcion de poner mas de un arrendador.

muchas gracias

  • Preguntado por: degana
  • Hace 10 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (6)
a_Paula ha sido el primero en contestar
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Pholmo, lo se, era una respuesta muy generica por no decir optimista. Aqui tampoco, doy fe...  y no digo mas, jajaja

    Pero, como tu sabes, lo que la aeat va a cuestionar no es la capacidad de sus "colaboradores" (1800 E/mes con mas horas que un tonto, en otros tiempos, despues de una prueba practica mas que cuestionable) sino la falta de informacion o de aportacion de los datos correctos de los contribuyentes.

    Eso mismo es lo que siempre podrá argumentar un profesional, salvo prueba en contrario.

    Pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es

     

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Compañero Pedro, las personas que confeccionan la Declaración de IRPF, al menos en Zaragoza, no son funcionarios de Hacianda, son contratados para este menester, de hecho la AEAT no se responsabiliza de los resultados.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Cuando no se tienen medios o el conocimiento necesario lo mas adecuadoe s acudir a un profesional o, previa cita, personarse en la aeat para que un funcionario confeccione el irpf.

    Por cierto, conviene distinguir entre una declaracion tributaria y una autoliquidación.

    Pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es

     

  • usuario eliminado

    Sin perjuicio de las respuestas anteriores, creo que lo que pasa es simplemente que el programa PADRE o el modelo de borrador no está por encima de la Ley. Quiero decir que si una persona no puede hacer la declaración con el modelo o el programa de la AEAT, lo que tiene que hacer es presentar una declaración hecha por él mismo. Una vez tuve que hacer esto con un cliente que tenía tantos pisos en alquiler que no le "cabían" en el programa PADRE (que creo que sólo admitía 12). Fuímos a Hacienda y nos dieron unas instrucciones y unos folios especiales y así lo hicimos.

    Los modelos son vinculantes en el ámbito interno de la Administración, pero no para el ciudadano, que tiene libertad para declarar siempre y cuando declare.

    Así se deduce del art. 119 LGT a cuyo tenor:

    • "Se considerará declaración tributaria todo documento presentado ante la Administración tributaria donde se reconozca o manifieste la realización de cualquier hecho relevante para la aplicación de los tributos.
    • La presentación de una declaración no implica aceptación o reconocimiento por el obligado tributario de la procedencia de la obligación tributaria."

    De todas formas a efectos inmediatos haced lo que os responde a_Paula. Si estáis muy agobiados presentad un papel junto con el modelo 100 y ya está.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Alberto31

    inquilino/a

    Buenas tardes, tengo la misma duda, yo estoy con el Programa Padre, y en la deducción autonomica solo me deja poner un NIF de aarrendador, no los dos, ya que estuve 6 meses de alquiler en un piso y los otros 6 en otro...

  • a_Paula

    inquilino/a

    En el borrador solo tienes casilla para un NIF, cierto, pero si haces la declaración con el programa PADRE tienes casillas para 2 nif. Tú decides cómo hacer la declaración, en caso de optar por el borrador tendrás que ponerlo todo junto y poner el nif que más rabia te de. Mientras que cumplas los requisitos, conserves los contratos de alquiler (y el arrendador también) y los recibos no debería pasar nada. 

    • Respondido por: a_Paula
    • Hace 10 años
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