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david checa barbero

casero/a

Piso en propiedad
Hace algo menos de un año, alquile mi casa a un inquilino resulta que por circunstancias necesito mi vivienda para vivir yo que soy el propietario. Puedo echar al inquilino aunque lleve menos de 1 año?? O no Le puedo echar antes del año aunque necesite la casa para mi?? 
  • Preguntado por: david checa barbero
  • Hace 6 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
nacho ha sido el primero en contestar
  • nacho

    nacho

    casero/a

    No puedes echar a tu inquilino hasta que se cumpla el año

    Artículo 9. Plazo mínimo
    3. No procederá la prórroga obligatoria del contrato si, una vez
    transcurrido el primer año de duración del mismo, el arrendador comunica
     al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda arrendada para
    destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer
    grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los
    supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad
    matrimonial. La referida comunicación deberá realizarse al arrendatario
    al menos con dos meses de antelación a la fecha en la que la vivienda se
     vaya a necesitar y el arrendatario estará obligado a entregar la finca
    arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto.


    • Respondido por: nacho
    • Hace 6 años
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