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Alberto Mendiburu

inquilino/a

Estoy por alquilar un inmueble de particular a particular y mi pregunta es esta. ¿En depósito son dos o tres meses?

Más el mes en curso siendo cuando deje de alquilar me sea devuelto los dos meses, porque el Casero me dice que no son tres meses mas el mes .

  • Preguntado por: Alberto Mendiburu
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
javiersantander ha sido el primero en contestar
javiersantander ha sido elegida Mejor Respuesta
  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    El deposito minimo que exige la ley es de 1 mes para alquileres de vivienda y 2 meses para alquileres distintos al de vivienda. A partir de eso el casero te puede pedir un deposito adicional de los meses que el quiera como garantia adicional

     

    Artículo 36. Fianza

    1. A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda

     

    5. Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico.

     

     

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