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manoli

casero/a

¿Qué puedo alegar para echar a mi inquilino?
tenia el piso alquilado a dos inquilinos, uno de ellos se ha ido y el otro no puede pagar si no alquila una habitacion , he ido a ver la vivienda y estaba catastrofica. me han destrozado muchas cosas, le he pedido que se marche y el me ha dicho que si , pero ahora no se quiere ir y yo voy a tener que denunciarle por daños y perjuicios, se lo he comentado para intentar hacer presion y llegar con el a un acuerdo pero nada, los vecinos me han comunicado que tiran colchones desde la terraza de un tercero y qye suben cosas de la basura, este mismo verano le rompieron las gafas a una señora que pasaba por la calle porque se les cayo un frasco de cristal, puedo usar estos motivos para rogarles que se vayan, si se niegan a irse que debo hacer
  • Preguntado por: manoli
  • Hace 7 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (4)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • GUP

    profesional

    Buenos días:
    Para recuperar la posesión del inmueble, puede promover un procedimiento de desahucio cuando se produzca el impago de rentas o la expiración del plazo del arrendamiento, si bien el proceso judicial suele ser lento y costoso, por lo que, como le indica Óscar, puede ser interesante recurrir a la negociación con el inquilino.
    Respecto a los daños causados en su vivienda, tendrían que ser objeto de reclamación en otro procedimiento judicial, por lo que nos encontramos con el mismo problema que le comentaba en el párrafo anterior, de modo que sería conveniente valorar si atendiendo al valor de los daños y a la solvencia que pudiera tener el inquilino, si realmente merece la pena interponer una demanda judicial.
    En caso de que necesite alguna aclaración, puede exponerme el caso con mayor detalle.
    Un saludo
    • Respondido por: GUP
    • Hace 7 años
  • ANTONIO

    profesional

    Un contrato según ley y con los puntos correspondientes entre arrendador y arrendatario fijados libremente aparte de contrato de arrendamiento ordinario por ley se ampara al arrendador siempre y cuando se incumplan cualquier punto del contrato impago no hacer frente a recibos de acometida comunidad STC según sea de estipulado en su día por ambos en todo caso por la descripción y el carácter de los inquilinos no tiene porqué demorarse en el tiempo aún con denuncia en juzgado no es necesario estar asistido de Letrado y Procurador siempre y cuando sea usted la afectada portando le asignarán de oficio y máximo de 3 meses a partir de el último impago o bien lo haga usted comunicar ante el Juzgado pertinente. Denostar el contrato bien realizado o no pasado por la Cámara de la Propiedad lo mejor como ya le han comentado es negociar aunque esto segundo es difícil con este tipo de personas pero si podría obtener apoyo incondicional de la comunidad personas afectadas por razones de falta de Convivencia Cívica ruidos molestos alteraciones de la convivencia en personas de la comunidad así como que pudiesen ocasionar en esta tales como falta de higiene etcétera no obstante en todo momento es usted como arrendador en el responsable de todo aquello que afecte a su inmueble ya está ocupado por terceras personas. Me refiero a que una simple denuncia contra su persona es suficiente para que tuviese que tomar medidas antes las autoridades o que le perteneciesen mantener el orden y convivencia entre ciudadanos
    , todos los demás refiero acciones de tipo coacción intimidación opresión de algún tipo por su persona o terceros fuera del amparo de la ley competente en este tema sería a grabar y dar fuerza al arrendador ya que hay distintas organizaciones y seguro qué leyes según comunidades que los amparen.
    Más y más un afectuoso saludo
    Dspro consulting grupo empresarial. administracion@desprogrupoenpresarial.com
    • Respondido por: ANTONIO
    • Hace 7 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Para "rogarles que se vayan" puede utilizar esos motivos, pero como no se irán, tienes que demandarlos por el motivo que indicas de no percibir la renta, solicitando el desahucio por falta de pago, para ello precisarás de abogado y procurador.
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Lo que debes hacer es demandar por falta de impago el primer mes que no paguen.
    Si no, negociar para que se vayan.

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