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Olgatto2

inquilino/a

¿Que pasa si no aviso a la casera de que me no quiero seguir en el piso antes de la fecha estipulada para hacerlo?

Mi contrato estipula que he de avisar a la casera de mi no continuidad en el piso antes de los 60 dias previos a la finalización de éste, y no dice nada de que ocurriria en caso de avisar más tarde.

  • Preguntado por: Olgatto2
  • Hace 10 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (7)
Olgatto2 ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Habría que examinar dicha cláusula, para ver si te da la posibilidad de desistir en cualquier momento con un preaviso de 60 dias.

    Si no, con que avise con 30 dias de antelación, mediante burofax, tiene más que suficiente.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Olgatto2: te aclaro algunas cosas:

    1.- no hay que firmar ninguna prórroga. Los contratos se prorrogan por el mero silencio del inquilino.

    2.- si firmaste el 9 de mayo de 2012, y la duración inicial era de un año (que supogo que si) entonces puedes evitar la 3ª prorroga preavisando antes del 9 de abril de 2014.

    Si quieres ampliar o detallar esta información puedes escribirme sin ningún compromiso a mi correo profesional abogado@leonbendayan.com

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Olgatto2

    inquilino/a

    El 9 de mayo de 2012, y la prorroga se firmó el 1 de agosto de 2013

    • Respondido por: Olgatto2
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    No Olgatto2: estoy hablando del art. 9, no del 11. Además el art. 11 no es para regular la prórroga, sino el desistimiento (y sólo para el caso de contratos de duración superior a 5 años, lo que no es tu caso).

    el art. 9 "anterior" al cambio tiene el mismo plazo de 30 días. De modo que la respuesta que te he dado antes sigue siendo correcta.

    ¿en qué fecha hiciste el contrato?

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Olgatto2

    inquilino/a

    Quizá debería haber especificado que éste se trata del segundo año de alquiler, y por tanto es una prorroga del primer contrato. Cuando se llevó a cabo el primero aun no se había modificado el artículo 11 de la LAU al que haces referencia sobre los 30 días por lo que bajo la vigencia del antiguo artículo el plazo de 60 días no era ilegal. Cuando yo firmé el contrato de prorroga, en el cual se establece que se acuerda la prorroga segun lo pactado en el contrato prorrogado, ya había entrado en vigor las modificaciones de la LAU.

    ¿Ahora se me aplicaría el nuevo artículo teniendo en cuenta que me es más favorable?

    • Respondido por: Olgatto2
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Por cierto: ese plazo de preaviso de 60 días es ilegal, porque el plazo que establece la LAU es de 30 días, y el contrato no puede establecer uno mayor para el inquilino.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Olgatto2: lo que ocurre es que se inicia la siguiente prórroga, es decir, que el alquiler dura un año más.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
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