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rex13

casero/a

¿Cómo puedo echar a mi inquilino con rescisión de contrato?

El día 16 de diciembre me firmo una rescisión de contrato que decia exactamente lo siguiente: dice: acuerdan: que el arrendatario, rescinden el contrato de arrendamiento haciéndose cargo de efectuar los pagos necesarios como recibos de luz, agua y alquiler que se deban, que corren de su cuenta, a sí como los daños o desperfectos que hubiese o se hubiera realizado en la vivienda, efectuando la entrega de las llaves y el pago de los desperfectos el día 29 de diciembre del 2010. A partir de ese día los dueños del piso en este caso los arrendadores podrán disponer del piso libremente y efectuar el cambio de cerraduras.  

Gracias por vuestra atención y ayuda. Feliz entrada y salida de año. Ahora dice que no se puede ir asta el lunes, cosa que no me creo ya que me ha mentido siempre y no paga,vino asta la policía, pero no se podia hacer nada y me tuve que ir, si el lunes no se va, ¿Puedo yo entrar cuando no estén ellos y cambiar las cerraduras? , no se que pasos seguir y que esto no se complique en 3 o 4 meses de desahucio, gracias por vuestra ayuda y Feliz año.

  • Preguntado por: rex13
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
Jose GrupoJT ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Paolo_x

    inquilino/a

    Rex, estoy con Jose. Si entras en el piso sin el documento de entrga de llaves te pueden demandar por allanamiento de morada y te pueden llegar a condenar a penas de carcel.    lamentablemente la ley en españa es asi de inteligente. Me temo que no te queda otra que citarlos para firmar el documento de entrega de llaves. Tu fuerza se basa en la fianza y en el aval que hayan depositado.   saludos. Pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 13 años
  • Jose GrupoJT

    profesional

    Si no existe entrega de llaves, con su recibo firmado correctamente. Deberia esperar y no meterse en la casa. Mas info en www.grupojt.es

  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Legalmente no puede entrar en el piso sin un recibo de entrega de llaves. Si usted entra y cambia las llaves, si los inquilinos le denuncian usted tendrá que volverles a dejar entrar y pagarles una indemnización. www.asistencialegal.net
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