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Jose01

casero/a

Alquiler por 6 meses ....
Si lo alquilo por 6 meses, cambia la legislación en algo? y el contrato, por supuesto la duración, pero en que afecta al contrato o a mí?? Es a particular

Gracias
  • Preguntado por: Jose01
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
Eduardo Llarena ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Para que la duración de seis meses sea admisible debe tratarse de un contrato de temporada, en el que se especifique la causa de dicha duración (estudiante o trabajador destinado por seis meses, etc.); o bien que el arrendador necesitará la vivienda para sí en ese plazo. Si no hay causa de temporalidad será un contrato normal con una duración de cinco años a voluntad del arrendatario. Admitida la temporalidad el contrato queda sujeto al código civil en lugar de a la Ley de Arrendamientos, debiendo precisar cuidadosamente los derechos y obligaciones en el contrato.
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