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Gemma

inquilino/a

La ayuda de 210 Euros ¿para qué tipo de personas es? ¿Tienes una edad limitada o no?
Tengo 35 años , he alquilado un piso por 500 euros de tres habitaciones en Castejón (Navarra) ¿Tengo derecho a pedir esa ayuda económica? ¿Y en dónde y cómo la solicito?
  • Preguntado por: Gemma
  • Hace 15 años
  • Categoría: Ayudas alquiler
Respuestas (1)
Alberto ha sido el primero en contestar
  • Alberto

    Alberto

    inquilino/a

    Estos son los requisitos de la Renta Básica de Emancipación, más conocida como la ayuda al alquiler de los 210 euros mensuales:

    -Tener entre 22 y 30 años (la prestación se interrumpe a los 30 años).

    - Disponer de una fuente regular de ingresos que no superen los 22.000 euros brutos anuales. Esto incluye a los trabajadores por cuenta propia o ajena, a los becarios de investigación, y a los perceptores de prestación de desempleo o de una pensión por incapacidad.

    - Acreditar una vida laboral de al menos 6 meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de su solicitud.

    - Ser titular del contrato de alquiler.

    - El número de cuenta del arrendador es la cuenta a la que debes realizar las transferencias de las mensualidades del alquiler.

    - El número de cuenta de banco desde la que pagas el alquiler debe ser una cuenta de alguna de las entidades colaboradoras.

    - Los extranjeros no comunitarios deben contar con la residencia legal permanente en España.

    - El beneficiario no puede ser propietario de una vivienda (salvo que no disponga del uso y disfrute de la misma o su valor catastral no exceda del 60% del precio máximo de una vivienda protegida de precio general, acogida al Real Decreto 801/2005, calificada provisionalmente en el mismo momento de la solicitud de la ayuda y situada en la misma ubicación que la vivienda de la que es titular).

    - La vivienda alquilada debe ser vivienda habitual y permanente.

    - No se aceptarán contratos de alquiler entre familiares próximos (es decir, primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad).

    - El receptor de la ayuda no puede tener un patrimonio mayor de 108.182,18 euros.

    Más información: 900 900 707.
    • Respondido por: Alberto
    • Hace 15 años
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