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spagnola

inquilino/a

Si alquilo un piso en diciembre, ¿en enero pueden cobrarme ya la actualización de la renta, o tendrán que esperar a 2010?
El contrato es de un año.
  • Preguntado por: spagnola
  • Hace 15 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (1)
Roberto ha sido el primero en contestar
Roberto ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Roberto

    casero/a

    Tienen que esperar a que se cumpla un año de alquiler. Así lo establece la LAU de 1994 en su artículo 18.1: " Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Indice General Nacional del Sistema de Indices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado."
    • Respondido por: Roberto
    • Hace 15 años
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