Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

lopezmestre

inquilino/a

¿Cómo, cuándo y cuánto dinero debe la propiedad devolver en concepto de fianza?

Notifiqué mediante burofax al propietario del piso actual la rescisión del contrato de alquiler el día 31 de Marzo. Acordé con la agencia realizar la entrega de llaves el día 29 a las 18.30h y recibo un correo electrónico por parte de la agencia confirmando hora y alertándome que la intención de la propiedad es retornar 2200€ de fianza, quedándose 800€ cuando hubiera verificado con calma que todo funciona y hubiera llamado a las compañías. Este mes yo ya he pagado todos los recibos mensuales (agua, luz y gas), la cantidad pendiente no excederá de 100€, el piso estaba sin amueblar y con algunos electrodomésticos de hace más de 30 años.

¿Cómo debo proceder?

  • Preguntado por: lopezmestre
  • Hace 13 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
xavier ha sido el primero en contestar
  • lucia blanco

    profesional

    efectivamente el plazo para devolver la fianza puede extenderse hasta 30 días y en todo caso debería esperar a que se la reintegren en organismo en qu e debió depositarla el arrendador 15 días.

    asegurese de que el día que entregue las llaves revisen el piso y se anoten los desperfectos que señale el propietario quedándose Ud. con una copia. Tómese todo el tiempo  necesario y firme en disconformidad si no está de acuerdo en algo.

    las facturas pendientes tendrán algún consumo que le corresponde abonar a Ud. de manera que anote lo que dicen los medidores.

    saludos.

    lucía Blanco

    lblanco@serviciosjuridicosonline.com

  • Armando Perea

    Armando Perea

    profesional

    Si la fianza se depositó en el organismo correspondiente de su C.A. lo normal es que este tarde entre 15-20 días en realizar su devolución al propietario, tiempo suficiente para comprobar que todo está en orden, el piso en buen estado y los pagos de los suministros al día. Tenga en cuenta que la LAU concede implícitamente 30 días al propietario para esa devolución, con la cual no le aconsejo que realice acción alguna hasta pasado el 31 de Abril. 

  • xavier

    casero/a

    Simplemente te diria que todo aquellas cantidades que resten de la fianza entregada en su momento deberán estar perfectamente especificadas, y  adecuadas al contrato que se firmo en su momento.

    Aprovecho la ocasión para decirte que quiza los 800€ que te dice la agencia que se va a quedar la propiedad, sean los honorarios de la agencia, lo cual a mi entender no se tiene que hacer así ya que los honorarios los ha de pagar el 100% el propietario, o a veces con otro porcentaje con el propietario y el inquilino.

    • Respondido por: xavier
    • Hace 13 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas