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Iuliana

casero/a

¿Quién se debe hacer cargo de la reparación del horno en un piso alquilado, propietario o inquilino?
Soy propietaria de un piso que he alquilado sin muebles. Después de dos meses el horno deja de funcionar. Hasta qué punto el horno se considera estructura del piso para que el propietario se deba hacer cargo de su reparación? Entiendo que el horno es un electrodoméstico que si los inquilinos se lo quedaron es porque quisieron. Estoy equivocada? Gracias por sus respuestas.
  • Preguntado por: Iuliana
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
f. javier gonzalez ha sido el primero en contestar
f. javier gonzalez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Juan

    profesional

    El horno es un mueble. Si el arrendamiento es de vivienda sin muebles, el horno no forma parte del contrato ni, en consecuencia, hay obligación de conservarlo.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • f. javier gonzalez

    casero/a

    Si en el contrato figura alguna referencia a que la vivienda se entrega sin muebles pero con electrodomésticos (frigo, lavadora, cocina, horno, microondas, etc) deberás evaluar la antigüedad del aparato, su posible uso (anteriores alquileres) y en todo caso llamar a un técnico que diga la posible o no reparación. Puedes pactar con el inquilino el pago a medias (reparación o reposición); o comprar uno nuevo y meterlo en la declaración de renta del año siguiente. Si tienes un buen inquilino o uno contento, no merece la pena entrar en quién paga, evalúa tus ganancias con el alquiler y haz cuentas.
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