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José Antonio

casero/a

¿Qué responsabilidad tiene el inquilino para asegurar el piso alquilado?
Sobre la conveniencia o necesidad de contratar un seguro de hogar del piso alquilado ¿puedo repercutir el coste de la póliza...? El caso es que mi inquilino se dejó las llaves dentro, me llamó a ver si yo le podia ayudar le dije que era responsabilidad suya, pero no obstante le ofrecí el seguro que yo pago para que no le costara dinero el cerrajero. Creo que al ser de su responsabilidad quizás no se lo debía haber dicho puesto que me vendrá el próximo pago con recargo ¿o me equivoco?, a ver si alguien me comenta algo al respecto. gracias
  • Preguntado por: José Antonio
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Antonio Postigo ha sido el primero en contestar
  • nuriagabasa

    profesional

    El inquilino tiene la obligación de contratar un seguro para sus bienes y de responsabilidad civil, no tiene porque incluirse en el contrato, ya que se dá por hecho. El propietario tambien debe tener un seguro del continente y del contenido si es propiedad suya, además de responsabilidad civil, por si debido a un siniestro se dañan terceras personas.

    El propietario tambien tiene la opcion de contratar en su seguro los desperfectos que pueda ocasionar el inquilino además del impago del alquiler.

    Un saludo

    nuria.gabasaalzas@ocaso.es

    Agente de seguros

  • Antonio Postigo

    profesional

    La responsabilidad del inquilino en este aspecto es de dos tipos:

    a) Responsabilidad directa, ante el propietario, al incumplir su obligación de pago. Dando por hecho que se hubiera pactado que el inquilino debía asegurar la vivienda y las primas eran a su cargo. O bien las contratara el propietario con cargo al inquilino. En cualquier caso, si se pacta el pago por parte del inquilino se puede reclamar al igual que una mensualidad impagada, o el recibo de la luz, el gas, etc.

    b) Responsabilidad indirecta, si por su culpa se produce un siniestro (daño a terceros, roturas, etc) y no cumplió con su obligación de contratar el seguro, que damos por supuesto se había pactado en el contrato, deberá asumir esa responsabilidad personal ante el que sufrió el siniestro.

    El seguro, sencillamente, se ocupa de reparar o indemnizar el daño causado en lugar de quien legalmente deba hacerlo, esto es, a cambio de una prima la compañía aseguradora ocupará nuestro lugar en caso de que ocurran los siniestros que se hubieran contratado.

    Saludos.
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