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CONSUELO VARGAS

inquilino/a

Tengo locutorio el cual en el año 2007 compré por 25000 euros
Hola,

Buenos dias tengo locutorio el cual en el año 2007 compré por 25000 euros. El contrato vence al 2010, por ser extranjera los dueños no piensan renovar el contrato, qué puedo hacer?
  • Preguntado por: CONSUELO VARGAS
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Guimaraens Abogados ha sido el primero en contestar
Guimaraens Abogados ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jaime Feiner Alonso

    profesional

    Estimada Consuelo. No tiene nada que ver la compra con que expire el contrato, en este caso, cogiste un traspaso de un negocio en un local en alquiler, ahí fue donde cometiste el error ya que tendrías que haber conseguido un compromiso firmado de los dueños del local de que te iban a renovar el contrato posteriormente.

    Una vez vencido el plazo legal del contrato, pueden proceder a reclamar el local para sí por cuanto el plazo ha terminado, no obstante habrá que estudiar la Ley por cuanto establece que habiendo estado el negocio establecido durante un período de 5 años te corresponde una indemnización si has comunicado la intención por escrito de renovar el contrato con una antelación de 4 meses a la finalización del mismo, el problema puede provenir de que en realidad el locutorio bajo tu propiedad sólo ha estado funcionando tres años (dos hasta la fecha). Así pues, sugiero pongas el tema en manos de un abogado y que luches por tus intereses, si tienes que llegar al punto de demandar por discriminación y xenofobia, no lo dudes, juega tus bazas, amenaza con optar por esa via y probablemente den su brazo a torcer.
    Saludos
    Jaime Feiner
  • Guimaraens Abogados

    profesional

    Apreciada Consuelo:

    En tu situación asegúrate que el contrato finaliza efectivamente en el 2010, y si es así, únicamente podrás permanecer en el inmueble si lo negocias con el propietario.

    No obstante, la Ley te reconoce derecho a una indemnización ya que la extinción por el transcurso del término convencional del arrendamiento de una finca en la que durante los últimos cinco años se haya venido ejerciendo una actividad comercial de venta al público, dará al arrendatario derecho a una indemnización a cargo del arrendador, siempre que el arrendatario haya manifestado con cuatro meses de antelación a la expiración del plazo su voluntad de renovar el contrato por un mínimo de cinco años más y por una renta de mercado. Se considerará renta de mercado la que al efecto acuerden las partes; en defecto de pacto, la que, al efecto, determine el árbitro designado por las partes.
    La cuantía de la indemnización se determinará en la forma siguiente:
    1. Si el arrendatario iniciara en el mismo municipio, dentro de los seis meses siguientes a la expiración del arrendamiento, el ejercicio de la misma actividad a la que viniera estando dedicada, la indemnización comprenderá los gastos del traslado y los perjuicios derivados de la pérdida de clientela ocurrida con respecto a la que tuviera en el local anterior, calculada con respecto a la habida durante los seis primeros meses de la nueva actividad.
    2. Si el arrendatario iniciara dentro de los seis meses siguientes a la extinción del arrendamiento una actividad diferente o no iniciara actividad alguna, y el arrendador o un tercero desarrollan en la finca dentro del mismo plazo la misma actividad o una afín a la desarrollada por el arrendatario, la indemnización será de una mensualidad por año de duración del contrato, con un máximo de dieciocho mensualidades.
    Se considerarán afines las actividades típicamente aptas para beneficiarse, aunque sólo en parte de la clientela captada por la actividad que ejerció el arrendatario.
    En caso de falta de acuerdo entre las partes sobre la cuantía de la indemnización, la misma será fijada por el árbitro designado por aquéllas.

    Guimaraens Abogados está a tu disposición para cualquier otra cosa que puedas necesitar.

    Atentamente,
    Guimaraens Abogados
    Bufete especializado en arrendamientos en general y en desahucios en particular
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