Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Resultados de la búsqueda: catastro(Encontrados 349 resultados)
evafeijoo
inquilino/a
¿Tengo k seguir pagando el alquiler con el contrato cumplido?
8 respuestas
Llevo 3 años en una casa de alquiler. Los dos primeros contratos eran a nombre de la mujer que se supone k es la dueña de la casa. Y el tercero a nombre de una empresa, siendo uno de los dos socios hermano de ella (la dueña) y otra persona ajena. En Mayo de estye año se ha cumplido el contrato y no me han renovado dandome excusas y negociando con ellos la bajada del alkiler (por la crisis). Pero yo sigo pagando lo acordado en el ultimo contrato.Tengo k pagar aunque no tenga contrato? Es legal el cambio de dueño de la casa? Tengo solicitado una nota simple de la casa. Gracias
Preguntado por:
evafeijoo
Hace 13 años
Categoría: Legislación alquiler
Amparo BB
profesional
Lo del "cambio de dueño" tendrás que investigarlo tú. lo de pagar, claro que tienes que pagar. Mientras no hagáis otro contrato, cuando llega el vencimiento, el actual se prorroga por otro año. saludos - Papeleos Alquiler.
Hola, conozco un caso cercano de alguien que ha pasado un año tratando de negociar la bajada del alquiler, (era un local). El propietario de la nave le iba dando largas, o hacia como quien oia llover. Cuando le dijeron qu... Leer toda la respuesta[+]
gracias por tu rapida respuesta.Mi problema es que sin contrato reciente no puedo empadronar a mi hermana k vive conmigo desde hace poco, y les pedi al dueño la refencia catastral para hacienda, que me tiene retenida la d... Leer toda la respuesta[+]
"llevas 3 años". Si es así, con el primer contrato de vivienda se prorroga sin hacer nada hasta los 5 años. No hace falta hacer contratonuevo cada año. Para saber el propietario quién es basta pedir en el registro una not... Leer toda la respuesta[+]
aparte de encontrar los datos de la vivienda, en el registro, sigue sin darme los datos para empadronar a mi hermana y la refer catastral que ya la tenia, No me las da porque tiene miedo a que lo declare a hacienda. He pe... Leer toda la respuesta[+]
1. Tu vives en una casa de alquiler, le guste o no al dueño, tu lo puedes poner en tu declaración de la renta si te interesa a ti, lo de ellos es su problema. 2. La referencia catastral la tienes en la pagina del catastro... Leer toda la respuesta[+]
¿La fianza cubre la rotura de un mueble de plástico por inclemencias meteorológicas?
16 respuestas
Me encuentro en la siguiente situación, alquile un piso, donde el casero puso un armario nuevo de plastico en la terraza; dicho armario se rompío en una tormeta, porque el viento lo debío abatir y lo partió a la mitad. Ahora que me voy del piso se lo comente al casero, y me dice que lo tengo que pagar yo. Y mi pregunta es: ¿la fianza que se presta al comienzo del contrato no cubre con este tipo de desesperfectos que se puedan ocasionar por caso fortuito y no por el uso cotidiano del arrendatario?? Y si es así, ¿con qué artículo lo puedo fundamentar? Gracias
Preguntado por:
Pulga33
Hace 13 años
Categoría: Caseros
javiersantander
casero/a
Si. Lo tienes que pagar tu, pero la fianza te la tienen que devolver una vez descontados los consumos pendientes de pago y los desperfectos (si los hay y previa presentacion de la factura de las reparaciones)
javiersantander, ¿ me puedes explicar el porqué lo tiene que pagar el inquilino? Es una rotura, necesita substitución, no ha habido mal uso ni negligencia del inquilino. Ahora explícame en qué te basas para decir que lo t... Leer toda la respuesta[+]
Crazyh tu solo te has respondido: el arrendatario es responsable del deterioro o pérdida que tuviere la cosa arrendada, A no ser que pruebe haberse ocasionado sin culpa suya. ¿como prueba el inquilino que lo rompió una tormenta?
Pidiendo un simple informe meteorológico. Y porque la Lau tiene un rango jerárquico superior al código civil, y expresa que la carga de prueba la tiene el arrendador, no el arrendatario.
sigo pensando que lo tiene que pagar, pero como todo en esta vida es discutible. ¿vale la pena llegar a un juicio por un armario de plastico de la terraza? ¿cuanto cuesta el armario? ¿El informe meteorológico determina qu... Leer toda la respuesta[+]
A tu última pregunta. Si el armario es del arrendador, es el propio arrendador quien debería y podría asegurarlo, no el arrendatario.. Y obviamente que no vale la pena llegar a un juicio, ni por un armario ni por otra cos... Leer toda la respuesta[+]
La verdad es que no me explico c'omo una tormenta pudo partir en dos un armario de resina... Si la tormenta fue tan bestial como para eso, igual la zona se declara catastr'ofica y la reposici'on no tiene que salir del bol... Leer toda la respuesta[+]
me pregunto lo mismo que Amparo ¿qué clase de tormenta puede partir en 2 un armario de resina? en la terraza de al lado de la mia hay uno y no me imagino la peazo tormenta que pueda partir eso en 2.
Pues en zonas de fuertes vientos pueden levantar el armario y tirarlo al suelo, y eso hacer que se rompa. No es tan difícil. Si dejais de pensar en ciudades, hay zonas donde, por vientos racheados, se arrancan cada dos po... Leer toda la respuesta[+]
Tanto esto como lo del termo, pueden ser distraidos motivos de discusión, la realidad es que si el dueño al recibir el piso imputa al inquilino ese daño y se lo descuenta de la fianza ¿Quien deberá acudir al Juzgado? Por ... Leer toda la respuesta[+]
PHOLMO, obvio que no vale la pena NUNCA llegar a un juzgado, pero a veces es necesario. Ahora la pregunta del millón. Si el arrendador imputa eso en la fianza, el inquilino firma con un no conforme y acude a un juicio ver... Leer toda la respuesta[+]
Seguimos con esta simpática discusión: A la firma del finiquito del contrato el arrendador hace constar que el armario está 'partido por la mitad' aporta factura de compra y descuenta su precio de la fianza. El inquilino ... Leer toda la respuesta[+]
Siento no poder contestar antes a vuestras preguntas. El piso esta en un pueblo y es un atico. El problema de la rotura, es que el armario esta asentado en un patio que tiene el suelo inclinado para que desagüe. La cuesti... Leer toda la respuesta[+]
Por lo que cuentas el tema armario no puede "deducirse de la fianzai" puesto que hab'eis acordado que la fianza se va a aplicar como indemnizaci'on por desistimiento... Saludos / Papeleos Alquiler.
Mi casera no me devuelve la fianza (¿contrato con irregularidades?)
5 respuestas
Buenos días. Hice un contrato de alquiler con Gestión24 para alquilar un estudio. Era un contrato anual pero podía salirme a los 6 meses y tenía derecho a recibir mi fianza. Ejercí ese derecho, el último día del sexto mes de alquiler dejé el piso, avisando con más de 1 mes de antelación. Lo dejé todo en perfecto estado, pero no pude darle la llave a la casera porque no estaba allí y yo tenía que irme sí o sí ya. En la inmobiliaria me dieron el anexo de rescisión del contrato pero solo lo firmé yo, ella no fue. Si se niegan a dármelo, ¿es legal?. Creo que incluso no usaron un documento oficial para el contrato de alquiler. Pasado más de un mes desde que me fui, sigo sin tener la fianza. A la casera la pagaba en mano, no quería declarar nada a Hacienda, y nunca me enseñó los recibos ni de agua ni de luz. Pero, si dice que yo dejé el piso en mal estado o algo por el estilo, ¿qué puedo hacer?. Puedo denunciarla ante Hacienda (y más sitios), pero lo que me interesa es la fianza. Muchas gracias
Preguntado por:
Gonzalo López
Hace 10 años
Categoría: Legislación alquiler
Gonzalo López
inquilino/a
Me he expresado un poco mal. Me referia a qué puedo hacer si la inmobiliaria no me da una nueva copia del anexo de la rescisión del contrato con la firma de la casera. En el anexo viene la cantidad, mi número de cuenta, q... Leer toda la respuesta[+]
Buenos días, En relación con su consulta, voy a intentar responder a todas las cuestiones: 1) No hay un "documento oficial" para los contratos de arrendamiento. Se redactan libremente por las partes, dentro del marco esta... Leer toda la respuesta[+]
Muchísimas gracias Pelayo. El contrato si que lo tengo, firmado por ella y por mi, donde se estipula claramente que a los 6 meses puedo irme del piso y que deposito una fianza de 430€. Luego, el último día cuando dejé las... Leer toda la respuesta[+]
Buenos días, Gonzalo. Si la relación con tu casera es cordial, mejor que la llames tú, ya que los abogados solemos "asustar" un poco más (eso sí, máxima educación y sin perder los papeles en ningún momento). Igual con la ... Leer toda la respuesta[+]
Coincido con mi compañero Pelayo, la intervención de un abogado no es precisamente el modo de 'suavizar' esta contienda, por otra parte nos dice que no tiene recibos de alquiler y eso es algo que puede perjudicar su recla... Leer toda la respuesta[+]
¿Podrá repercutirme el arrendatario la nueva tasa de basuras de Madrid?
4 respuestas
Hola, he leido la informacion facilitada como respuesta a una pregunta igual a la mia, pero en mi contrato de alquiler la cláusula que aparece respecto de IBI, comunidad, etc , es como sigue: "Los gastos de comunidad del edificio seran de cuenta y cargo exclusivo de la arrendadora, sin que este pueda repercutir cantidad alguna a la parte arrendadora por estos conceptos. El impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I) y cualesquiera impuestos, arbitrios, tasas, contribuciones especiales o tributos del Estado, Comunidad Autonoma y/o Municipio que vengan a gravar la propiedad del piso arrendado, asi como sus incrementos, seran de la exclusiva cuenta de la arrendadora y. por consiguiente, no repercutibles en renta." Tengo que pagar entonces la tasa de basura ? , en base a que principio tendria o no que hacerlo ?. Un cordial saludo y gracias de antemano. Linda
Preguntado por:
linda marsans
Hace 15 años
Categoría: Legislación alquiler
Amparo BB
profesional
A mi me parece que en tu contrato queda cristalino que lo debe pagar el arrendador ... (dueño) Saludos - Papeleos Alquiler
No esta tan claro. Segun he podido leer en otra pagina en internet donde un abogado explica "quien es el sujeto pasivo" a quien hace referencia la tasa, dice lo siguiente: "No puede decirse que la búsqueda de esta certeza... Leer toda la respuesta[+]
Puedes ver respuestas de los expertos JUAN y MANUEL PREGAL en este post: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/legislacion-alquiler/podra-repercutirse-arrendatario-nueva-tasa-basuras-madrid-contrato-figura-import... Leer toda la respuesta[+]
He leido de arriba a abajo el post que menciones donde los expertos contestan, y a pesar de todo...no queda claro quién tiene la obligacion de pagarlo (en mi caso particular). La razon por la que no queda claro es la sigu... Leer toda la respuesta[+]
¿Cómo tengo que reclamar y en ese caso a quién?
4 respuestas
Pues el local que tengo alquilado no tiene conectada a la cloaca y los inquilinos, como es natural me estàn pidiendo que lo solucione, si lo hago yo me cuesta mucho dinero, ¿el ayuntamiento no encuentra nada del permiso de obras y a mì me lo vendio un tercer propietario?
Preguntado por:
Mº Flor
Hace 15 años
Categoría: Legislación alquiler
arquitopo
profesional
este problema se da con mucha frecuencia en edificios que tienen ya algunos años. La normativa en lo que se refiere a los vertidos ha cambioado bastante. Antes era habitual que conectasen directamente a la red del bloque ... Leer toda la respuesta[+]
El Código Civil prevé estos supuestos denominándolos "vicios ocultos" en la compraventa. Deberíamos conocer cuánto tiempo hace que adquirió el inmueble y cuál fue el contenido de la negociación. Puede reclamarse por este ... Leer toda la respuesta[+]
Gracias por tu respuesta pero igual no lo he esplicado bien, yo soi el propietario actual lo compre hace 8 años y siempre fue local comercial hasta ahora no tuvimos problemas de ningun tipo, actualmente està alquilado a u... Leer toda la respuesta[+]
¿de qué año es el edificio? Esto puede saberse consultando a través de la página web de catastro. Puede ser importante para sabber qué garantías tiene y qué leyes estaban vigentes en ese momento. En todo caso: ¿el local f... Leer toda la respuesta[+]
¿Puede reclamar una indemnización por una ayuda al alquiler no recibida?
6 respuestas
Antes que nada muchas gracias por su tiempo. Mi caso es el siguiente. Mi novio alquiló un piso. Como era menor de treinta años solicito la RBE, que le fue concedida. Al cumplir los treinta finalizó dicha ayuda. Entoncés consultamos en la consejería de vivienda de nuestra comunidad autónoma la posibilidad de acceder a las ayudas del plan de vivienda asturiano. Ellos nos comentaron que mi novio cumplía todos los requisitos y que adelante. Entre los requisitos estaba uno concreto y era que el piso alquilado no debía exceder los 90 metros cuadrados. Nosotros no le dimos mayor importancia ya que viviamos en un apartamento de unos 35 metros cuadrados. Cuál sería nuestra sorpresa cuando al ir a solicitar la referencia catastral del inmueble en ésta figuraba que tenía 158 metros cuadrados. Indagando, supimos que el piso lo habían heredado dos hermanas y lo habían partido por dentro. Nuestra arrendadora es una de esas hermanas. No pudimos solicitar la ayuda ya que la referencia catastral indicaba que vivíamos en un piso mucho mayor a lo permitido, y no quisimos denunciar el caso por no comprometer a la arrendadora. Con posterioridad cambiamos la titularidad del contrato de alquiler y lo pusimos a nombre de mi hermana que al ser menor de 30 podía acceder a la RBE. De nuevo cuando superó esa edad no pudo acceder a la ayuda del plan asturiano por el mismo motivo con respecto al tamaño del piso. Mi pregunta es: ¿podemos denunciar este situación y solicitar una indemnización por no haber podido recibir una ayuda que nos correspondía?. No llegamos a hacer los trámites para solicitar la ayuda ya que al ver la Referencia Catastral y darnos cuenta de que no cumplíamos uno del requisitos no continuamos con ellos, ¿es esto un problema si llegaramos a denunciar a la arrendadora? Existen otros delitos tipificados en este hecho al que me refiero que podamos denunciar: falsedad de documento público, engaño hacia el arrendatario, etc... Espero su respuesta, muchísimas gracias
Preguntado por:
-
Hace 13 años
Categoría: Caseros
Amparo BB
profesional
No sé me ocurre de qué delito podrían denunciarla. sobre todo cuando se habría solucionado marchándose a otra vivienda. pero a ver si responde un profesional. saludos - Papeleos Alquiler.
Gracias Amparo por tu respuesta. En ese momento no podíamos irnos, nuestro contrato era por un año renovable hasta cinco, si nos hubieramos ido hubiéramos tenido que pagar una indemnización a la arrendadora. Lo que yo nec... Leer toda la respuesta[+]
Ante todo habría que examinar el contrato firmado y la inscripción registral de esa finca. Sin esos datos me atrevo a afirmar que de los hechos que describe no se desprende conducta alguna que pueda considerarse delictiva... Leer toda la respuesta[+]
Lo que sí es denunciable es que cobraseis una ayuda al poner a tu hermana de titular cuando no vivía en esa vivienda. Es una estafa como una casa. y es delito. Ayuda a cambiar el mundo!
Crazy, te equivocas. Mi hermana vivía con nosotros. Es más mi novio se quedó en el paro y el alquiler era asumido por ella. De hecho está censada en el domicilio del alquiler. La palabra estafa aquí no tiene lugar, menos ... Leer toda la respuesta[+]
No Crazy en nigún caso cometimos ningún delito. Mi hermana junto con mi hijo vivían con nosotros, de hecho estaba censada en el domicilio del alquiler. Mientras yo finalizaba mis estudios de acceso a la Cátedra mi novio s... Leer toda la respuesta[+]
¿Qué ayuda al alquiler puedo solicitar? Divorciada, 33 años, sin pensión, en paro, 2 hijos, uno con minusv. 37%...
9 respuestas
Desde 28-01-11 hasta 29-02-12 he estado de alquiler en un piso que consta como alquiler protegido a familias que reúnen ciertos requisitos. En mi caso estoy divorciada y tengo dos hijos, un de ellos tiene una minusvalía del 37% con lo cual constamos como familia numerosa. Tengo 33 años, estoy en paro y no tengo concedida pensión alimenticia ni compensatoria con lo cual lo que tengo es el subsidio de 426€ al mes del paro. Durante todo el tiempo que he estado de alquiler sólo trabajé un mes. ¿Qué ayudas podría solicitar por el periodo de alquiler que he estado pagando? ¿podría degravarme en la próxima declaración de la renta? Gracias.
Preguntado por:
Nia
Hace 13 años
Categoría: Ayudas alquiler
Oscar Aparisi
inquilino/a
Hola, Si que puede desgravarselo en la próxima declaración de la renta, solo necesitara el nº de la referencia catastral de la vivienda. en cuanto a las ayudas por el alquiler está difícil, a lo mejor a través de lo socia... Leer toda la respuesta[+]
Me acabo de dar cuenta de una cosa, la ref. catastral me viene indicada en el contrato de arrendamiento. He introducido el nº y me sale toda la información sobre la vivienda que alquilé. Muchas gracias por todo. P.D. En c... Leer toda la respuesta[+]
Por cierto la empresa que alquila esos pisos me ha llamado esta tarde para darme la feliz noticia de que han perdido el documento correspondiente a mi aval bancario que aporté, porque no tenía nómina, cuando firmé el cont... Leer toda la respuesta[+]
A lo que me referia con lo social es que ayudas de alquilar ya no hay, si tiene una situación difícil, que parece que así es, lo mejor es acudir a un asistente social a ver si hay algún tipo de ayudas para su caso, aunque... Leer toda la respuesta[+]
Muchas gracias a tod@s por vuestra ayuda. Por otro lado tengo otra consulta más. El piso que alquilé estaba sin amueblar, lo amueblé yo. A la hora de dejar el piso pregunté a la inmobiliaria si les interesaba que les deja... Leer toda la respuesta[+]
Lo que está describiendo es una dación en pago, el deudor puede ceder sus bienes a los acreedores en pago de sus deudas, ahora que está tan denmoda el concepto, debería haberla formalizado por escrito todavía está a tiemp... Leer toda la respuesta[+]
La vivienda alquilada deduce si cumples los requisitos, si no pones el lugar donde resides alquilada y no te deduce, depende de tus rentas anuales, etc...
¿como tendría entonces que poner la vivienda alquilada en la declaración, aunque no deduzca? Como domicilio si es que efectivamente es su domicilio. En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más inf... Leer toda la respuesta[+]
Pero como dimicilio no tendría que poner en el que estoy censada? Es en Galicia y los ingresos brutos anuales son inferiores a 17 mil, pero bueno, aunque no deduzca no se muy bien como tendría que ponerlo en la declaració... Leer toda la respuesta[+]
Como domicilio tienes que poner en el que vives, y tienes que estar censada donde vives, no en cualquier parte. Ya dije antes que es una obligación y cualquier otra cosa puede traer problemas, tanto por la vía civil como ... Leer toda la respuesta[+]
Ya se de esa supuesta obligación de estar empadronado donde vives, pero, y si vives en más de un sitio... en ese caso cómo tendría que poner el piso alquilado si la otra propiedad no está a mi nombre? Esa obligación la ve... Leer toda la respuesta[+]
Soraya, no se puede vivir "habitualmente" en más de un sitio. para que sea vivienda habitual tienes que vivir ahí 6 meses 180 días. Ese será el nº de catastro que deberás poner en tu declaración de la renta. si no se da e... Leer toda la respuesta[+]
Pero vamos a ver, si el problema no es si tengo que censarme o no, estoy empadronada en uno de los sitios donde vivo y punto. En ambas casas tengo mi ropa, mis fotos y mis enseres personales y si fuesen durante el día a h... Leer toda la respuesta[+]
No podrás vivir habitualmente en más de un sitio tú, yo puedo perfectamente. Ya no hablo de que me desgrave, me da igual, ni de dónde penseis que tengo que estar censada. Yo estoy tranquilísima. De hecho me parece más dif... Leer toda la respuesta[+]
cuando se vende un piso ¿como va eso de la ganacia patrimonial??
14 respuestas
Buenos dias, a ver si me explico bien, resulta que quiero vender una casa que tengo como segunda vivienda, a veces la he tenido alquilada, el caso es que ahora me he decidido a vendera porque necesito el dinero y aunque seque es por debajo de su precio real, al menos algo sacaré, o eso espero. La casa la compré en 1994, aunque di una señal dos años antes, en el 92. Me costó segun escrituras 15 millones 300.000 pesetas que traducido a euros sera sobre 90.200 euros, se hizo con un prestamo hipotecario que todavia no he levantado del banco aunque se acabó de pagar hace por lo menos 10 años, (no se que es eso de levantar la hipoteca, si alguien me lo puede explicar le quedaria muy agradecido). El caso es que ahora la puedo vender por 120.000 euros, que no es mucho teniendo en cuenta que hace unos años podia venderla por el doble, en el recibo del ibi, tiene un valor catastral de 112.000 euros.
Preguntado por:
pedro1960
Hace 12 años
Categoría: Alquiler y Hacienda
pedro1960
casero/a
Como no me cabe todo lo que quiero explicar en un solo mensaje, lo ire poniendo en varios...... Cuando la compré el interes que pagaba por el prestamo era del 14,5, por lo tanto he pagado de intereses hipotecarios casi ta... Leer toda la respuesta[+]
Yo no veo la perdida si has comprado por 90.000 y vendes por 120.000. (sin tener en cuenta las actualizaciones de valor ni los va y vt completos) Los intereses nada tienen que ver con la ganancia. El vendedor te exigiora ... Leer toda la respuesta[+]
Respecto a la hipoteca que hice en el año 1994, no se si aun tendran constancia de ella en el banco al haber pasado tanto tiempo, tampoco se que papeles tendria que aportar para que se vieran todos los intereses pagados, ... Leer toda la respuesta[+]
Gracias Pedro, pero entonces, que me podria desgravar a efectos fiscales si vendo esta casa? o es que solo se debe reflejar el precio de compra y el de venta y el resto de gastos, como son el ibi, intereses, pago en el ca... Leer toda la respuesta[+]
Aunque la casa costó unos 90.000 euros de la época, a esto se agregaron los 78.000 de interesese, por lo tanto yo pagué por dicha vivienda 168.000 euros, mas los gastos propios de una compraventa. Es por eso que al no hab... Leer toda la respuesta[+]
Pedro, los intereses son el coste de tu financiacion, nada tienen que ver con el coste de adquisicion de la vivienda y no pueden aumentarse al valor de adquisicion de ésta. pedro Martínez Abogado 5001@icagr. Es
Gracias Pedro, pero entonces, que me podria desgravar a efectos fiscales si vendo esta casa? o es que solo se debe reflejar el precio de compra y el de venta y el resto de gastos, como son el ibi, intereses, pago en el ca... Leer toda la respuesta[+]
No hay desgravaciones en las gp, hay actualizaciones de valor y se tiene en cuenta gastos de compra y venta, pero nada de ibi, intereses, etc, etc. la cuota del iivtnu depende de cada ayuntamiento. pedro Martínez Abogado 5001@icagr. Es
Mivhas gracias, me parece que al final no me va a tener cuenta venderla, bueno malvenderla quiero decir. Total que al final si la vendiera, tendria que agregar a mi patrimonio esos 30.000 euros de mas y no podria desgravarme por ningun gasto.
Hola de nuevo. Se me olvidó decir una cosa que creo es bastante importante por lo que he estado mirando por internet. Parece ser que cuando se vende una vivienda, si tienes mas de 65 años se está exento de tributar por la... Leer toda la respuesta[+]
Asi tributan los rendimientos irregulares. solo para La vivienda habitual está prevista esa exencion. por cierto Pedro, este no es el lugar adecuado para debatir estas consultas, seguimos en un foro de arrendamientos. pe... Leer toda la respuesta[+]
Perdon, este no es el foro de Hacienda? al menos yo le di a ese foro. Si estoy en el foro equivocado pido perdon, podrias decirme en que foro debo poner mi pregunta?. Muchas gracias
pedro1960 ,Para vender,debes acudir al banco del préstamo (si no existe,hay otro que lo ha azquirido y tiene tu documentación) y pedir que te den un certificado de cómo está pagada en su totalidad e ir al registro de la p... Leer toda la respuesta[+]
¿Es legal que una inmobiliaria cobre el 12% de una anualidad como honorarios?
16 respuestas
Queríamos alquilar un piso, pero nos hemos encontrado con la sorpresa de que a la Agencia hay que pagarle el 12% de una anualidad.
Preguntado por:
lauris2037
Hace 14 años
Categoría: Agencias y alquiler
Amparo BB
profesional
Que viene a ser un mes de renta. Es la tarifa habitual que cobran las inmobiliarias. Si te parece caro, mejor busca otro piso "de particular a particular" saludos - Papeleos Alquiler.
Como bien dice Amparo no existe un anorma sobre lo qu edeben percibir las inmobiliarias, por lo tanto es conveniente preguntralo antes y de no interesar buscar en otro sitio. PHOLMO
Lauris, Ilegal no hay nada, cada uno pide lo que quiere. lo habitual es cobrar un 8% (un mes); la verdad es que un 10% yo lo consideraria lo máximo maximisimo para cobrar (y exigiria un servicio a ese nivel). un 12% me pa... Leer toda la respuesta[+]
Bueno os contradigo un poco... aún no habiendo una normativa que lo estipule, el colegio de administradores si. Es completamente Legal, y correcto, segun el colegio de administradores... Todo el mundo cobra ( o debería ) ... Leer toda la respuesta[+]
Todo el mundo tiene derecho a cobrar por su trabajo, es verdad, pero el cobro tiene que ser en proporción del trabajo hecho. La mayoría de las inmobiliarias con las que yo he podido tratar establecen un criterio correcto ... Leer toda la respuesta[+]
Que me perdonen las inmobiliarias e intermediarios en el mercado de alquileres, pero mi experiencia con ellas ha sido desafortunada hasta el punto de que los únicos problemas que he tenido con inquilinos mal cumplidores e... Leer toda la respuesta[+]
Ciñéndonos estrictamente a tu pregunta, la respuesta es SI. Es legal. Como bien te han dicho, la mayoría de las agencias estamos cobrando una mensualidad del alquiler Lo lógico sería que se cobrase por mitades a propietar... Leer toda la respuesta[+]
Estamos en un libre mercado y por lo tanto los honorarios de un intermediario inmobiliario no estan regulados. Es legal. Una cosa es que sea legal y otra muy distinta es que sea ético. Lo mas corriente y lo que a mi parec... Leer toda la respuesta[+]
El trabajo por enseñar un piso q cuesta 700 es el mismo q el q cuesta uno de 300... los precios a comision son una burrada y fuera de mercado, y una manera de extorsionar "legal" Un mecanico, un abogado, un lampista... te... Leer toda la respuesta[+]
Gracias a todos por vuestras respuestas. He encontrado un piso que está muy bien, a través de una agencia por un precio correcto (un mes de alquiler de honorarios). Ahora tengo problemas con la propietaria del anterior pi... Leer toda la respuesta[+]
Gracias a todos por responder. He encontrado un piso que esta muy bien, a través de una agencia y pagando unos honorarios correctos (un mes). El problema que tengo ahora, es que la propietaria del piso anterior se niega a... Leer toda la respuesta[+]
Encuentro abusivo totalmente, que el dueño contrate un servicio y lo pague el inquilino. Quién lo contrate que lo pague, no puedo aceptar otra cosa por eso cuando en un anuncio pone particular, se lo quitan de las manos. ... Leer toda la respuesta[+]
La agencia publicita a los inquilinos su oferta de inmuebles. Si este inquilino se interesa quedan para ver la casa. Si el inquilino no acude ,la agencia pierde el tiempo y el dinero. Además la agencia asesora al inquilin... Leer toda la respuesta[+]
Pepelui, si de tragar se trata, las agencias se están tragando la crisis inmobiliaria, y por ello, muchas están siendo mucho más accesibles. En cambio, como si soy muy inteligente, no me tragué los honorarios abusivos que... Leer toda la respuesta[+]
Pepelui, (Este hilo ya estaba más o menos cerrado, pero me han dado ganas de responder). No sé qué agencias conoces tú, pero distan mucho de todas las que he conocido yo. Estoy aburrido de exigir el contrato antes de la f... Leer toda la respuesta[+]
¿Cómo justificar mi alquiler en la declaración de la renta si el casero no colabora?
17 respuestas
el año pasado estuve de alquiler en una casa en Madrid, y la dejé en Febrero de este año por mudarme de ciudad; le estoy pidiendo a mi antiguo casero la referencia catastral de la casa para poder desgravarme el alquiler, pero no me responde ni me pasa la información creo que la fianza no la depositó en la comunidad de madrid, por lo que no se si tengo forma de desgravarme el alquiler o como justificar ante hacienda mi año de alquiler aparte del contrato de alquiler, me empadroné en la casa... no se si esto me sirve de algo... gracias por la ayuda
Preguntado por:
tinin
Hace 13 años
Categoría: Inquilinos
Amparo BB
profesional
La referencia catastral la puedes obtener de la web del catastro buscando por la dirección exacta de la vivienda. En cuanto a declarar el alquiler, si puedes demostrar que lo pagabas al propietario el problema con haciend... Leer toda la respuesta[+]
muchas gracias Amparo si al consultar al ivima me indican que no ha depositado la fianza... ¿puedo hacer algo para desgravarme o reclamarlo? que pasos tengo que dar? gracias
Se me ocurre algo. pero no lo haga si Pholmo o Jan, o Eduardo Llarena, o alguno de los profesionaes auténticos de este foro no ratifica mi respuesta. ingrese usted a primeros de mayo la fianza en el ivima, y no pague la r... Leer toda la respuesta[+]
Mira, he encontrado de dónde me vino la inspiración. Cito a JUAN Llevo meses en este blog indicando la vía para regularizar las fianzas no depositadas con el fin de que el arrendatario pueda deducir las cantidades satisfe... Leer toda la respuesta[+]
El deposito de la fianza es requisito indispensable en la Comunidad de Madrid, pienso que la única forma de defender la deducción ante la Agencia Tributaria es una denuncia formal ante el IVIMA junto con lajustificación d... Leer toda la respuesta[+]
La referencia catastral la puedes obtener de la web del catastro buscando por la dirección exacta de la vivienda. En cuanto a declarar el alquiler, si puedes demostrar que lo pagabas al propietario el problema con haciend... Leer toda la respuesta[+]
Cuando yo voy a hacienda a demostrar mi alquiler llevo el contrato de alquiler, y con eso es suficiente, en el contrato de alquiler está el dni del arrendador y la referencia catastral, que son los dos datos necesarios pa... Leer toda la respuesta[+]
Amparo,eso que apuntas está bien cuando sigues de alquiler, pero en este caso ya se ha marchado y el casero ni la contesta. Lo que yo haría es pedir cita en hacienda y declarar (junto con el contrato) el alquiler pagado s... Leer toda la respuesta[+]
Hola Tinin, A mi me pasó lo mismo el año pasado. Llamé al Ivima y me dijeron que les mandará un mail (a fianzas.arrendamientos@madrid.org) en las que les expusiera la situación junto con mi dni y el contrato. Ellos se pon... Leer toda la respuesta[+]
ahora CITO A PHOLMO PHOLMO dice: Friday, 11 May 2012 a las 10:26 Después de publicado este trabajo, me he percatado que existe una medida que puede tomar el inquilino: Proceder al depósito de lafianza, mediante un escrito... Leer toda la respuesta[+]
Amparo, que dejó la vivienda en febrero y se mudó de ciudad. Cómo va a realizar un depósito. Insisto, lo único que debe hacer es declarar lo pagado de alquiler junto a la copia del contrato donde hacienda verá todos los d... Leer toda la respuesta[+]
Si no te da la referencia solo denuncia y ya está. Si la tiene la día y si no la tiene le ce el paquete y listo. Tu preocupate solo de declarar lo que tienes y ya está.
Diferencia entre contrato comercial y de vivienda
13 respuestas
hola, he encontrado en pleno centro de madrid una local comercial a pie de calle que estaria perfecto como loft, ademas tiene una buena decoracion interior. Claramente hay baño, luz, are acondicionado y 2 espacios para 2 habitaciones. Hablando con el dueño hemos llegado a la conclusion que me lo puede alquilar como piso pero lo unico que me puede hacer es un contrato comercial 1+4 años. quiero saber que clase de problemas podria tener con esta opcion, y si podre hacer como siempre mi declaracion de la renta, y mover mi domicilio a esta direccion a pesar de que aparece como una tienda. La verdad es que me interesa mucho el local, y quiero saber si hay posiblidad de utilizar unas clausulas en el contrato que me puedan asegurar de eventuales sorpresas. Gracias DANIELE
Preguntado por:
daniele
Hace 14 años
Categoría: Inquilinos
mejuto
inquilino/a
El comercial se pacta de mutuo acuerdo entre las dos partes, y el de vivienda aunque se podría se rige por unas leyes más rigidas
mejuto sigue empeñado en que existen distintas leyes para los arrendamientos de vivienda y de local de negocio, con el fin de disipar dudas hay que exponer lo archisabido, la LAU (única existente en España) distingue entr... Leer toda la respuesta[+]
Por lo que dice, se trata de alquilar un local comercial para usarlo como vivienda, y el contrato sería de alquiler de un local comercial. (imagino que a eso se refiere con "contrato comercial"). Tenga en cuenta que pued... Leer toda la respuesta[+]
Arquitopo, yo creo que lo que hagan tendría que ser un contrato de arrendamiento de vivienda puesto que el destino de ese inmueble va a ser satisfacer la necesidad de vivienda del inquilino. Con lo que aplican los título... Leer toda la respuesta[+]
Amparo, es lo lógico, pero de la frase de daniele en la que habla de c ontrato comercial he deducido que el propietario le ha propuesto aquiliarselo como local comercial Hay también un problema de fondo que no sé muy bien... Leer toda la respuesta[+]
Pholmo es lo mismo que pongo yo, no sé que quiere decir, no estoy empeñado en nada, se vertebra con las mismas leyes pero es comercial es más laxo y se pueden pactar entre las dos partes
Arquitopo Pero eso no sirve. Acuérdate de que cuando alguien alquila por temporada (distinto vivienda) como se trataba de la vivienda del inquilino, el inquilino tiene derecho a quedarse 5 años. Supongo que aquí pasa igu... Leer toda la respuesta[+]
Amparo, desde la LAU sí es así, pero desde la ley del suelo se considera infracción la implantación de usos no permitidos por el planeamiento. Si un local se alquila como vivienda, la infracción será seguramente del propi... Leer toda la respuesta[+]
Voy a intentar terciar: Las infracciones a la Ley del Suelo son cuestiones administrativas que en nada afectan a la cuestión civil de un arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea ... Leer toda la respuesta[+]
Hola,el tema está muy clarito.Yo como propietario de un LOCAL COMERCIAL no puedo alquilarlo como vivienda(cédula de habitabilidad) y si lo alquilo como comercio y un señor lo utiliza de vivienda ,el problema no es mío.Si ... Leer toda la respuesta[+]
PHOLMO, gracias por el post de la sentencia, que es muy clarificadora. Atendiendo a ésta, y tratando de concluir, entonces, ¿qué le recomendamos a Daniele? Su pregunta planeaba claramente el alquiler de un espacio no habi... Leer toda la respuesta[+]
Hola! Antes de todo queria agradecer todo el mundo para el interes demostrado en este caso,lluego queria precisar algunas cosas: yo quiero este local porque me parece pueda trasformarse facilmente en un loft de lujo,donde... Leer toda la respuesta[+]
El tema de los Loft que se usan como vivienda es algo muy habitual aquí (Pais Vasco) por el desorbitado precio de los pisos y de los alquileres, y es un tema que ocasiona muchos problemas. En principio, como muy bien ha... Leer toda la respuesta[+]
Propietario con 2 pisos pero con una puerta. ¿Tiene que pagar 1 o 2 cuotas de gastos de comunidad?
19 respuestas
me explico mejor, vivo en una finca de pisos que por planta hace 200 metros, cada piso 100, existe A y B en cada planta. yo vivo en el B que hace 100 metros y pago 1 cuota de gastos de comunidad, mi pregunta es la siquiente: Hay un propietario que tiene 2 pisos A y B, ha quitado una puerta y es como si hubiera solo un piso pero el dispone de los 200 metros que hace el total de la planta, mi pregunta es si el debe pagar 1 cuota de gastos de comunidad o 2 cuotas de gastos de comunidad, al igual que las derramas. Muchas gracias por ayudarme.
Preguntado por:
anton maria
Hace 13 años
Categoría: Caseros
Paolo_x
inquilino/a
Normalmente se paga por metros constridos; si se hace por vivienda lo normal es que la de 200 pague el doble. Es algo de cajón, no? habria que ver los estatutos; y tener en cuenta si ese piso de 200 metros son en realidad... Leer toda la respuesta[+]
Pero esto ya lo has preguntado. La cuota no debe ser igual para todos, no es cuestion de cuantas cuotas pague una persona sino de la cuantia. Si tiene un piso de 100 pagas 10, si tienes un piso de 200 pagas 20 y si tienes... Leer toda la respuesta[+]
Tras la pregunta anterior, he ido ha hablar con la abogada de nuestra administracion, me comunica que nuestros estatutos pone a parte iguales desde el año 67, me comunica que en el orden del dia de la próxima reunión pued... Leer toda la respuesta[+]
Incluso siendo el pago "a partes iguales", si eran dos viviendas, deberá abonar dos "participaciones", aunque haya tapiado una puerta. También habría que ver en el registro de la propiedad como está escriturado esa vivien... Leer toda la respuesta[+]
Tengo 3 preguntas mas..... Entonces si en el Registro de la propiedad figuran 2 viviendas entonces podria ser ejecutable directamente(obligatorio) el pago de las 2 cuotas o tendria que pedirse por votación en la reunión d... Leer toda la respuesta[+]
Si en el registro de la propiedad figura como dos viviendas, y en los estatutos de la comunidad figura que se pagará por vivienda, se puede pedir que se carguen las dos fracciones. La votación es para cambiar la forma de ... Leer toda la respuesta[+]
Hola, He ido al registro de la propiedad, el señor tiene 2 escrituras y en el libro de actas de nuestra comunidad del año 68 pone que se pagará por partes iguales. 1-¿le corresponde pagar 1 ó 2 cuotas de gastos de comunid... Leer toda la respuesta[+]
2 escrituras = 2 viviendas. Por deducción le toca pagar 2 partes. A su segunda pregunta ya le respondí antes "Todo lo que no se llegue a un acuerdo se puede acudir al juez, y será el abogado que contrate quién le podrá as... Leer toda la respuesta[+]
En este tema tan sencillo lo único que queda por aclarar es que debe ser la Comunidad la que reclame, un vecino carece de legitimación activa para ello. Le sugiero la lectura de mi blog http://www.pedrohernandezabogado.co... Leer toda la respuesta[+]
PHOLMO, no estoy tan de acuerdo. Si la comunidad no ejerce ese poder, y como propietario eso te perjudica al tener que pagar más parte, puedes muy bien interponer demanda contra la comunidad exigiendo que se pague en la p... Leer toda la respuesta[+]
Si PHOLMO, me entendiste!!! todo me sube, tanto gastos de comunidad, como derramas!!! A lo otro me refiero a si yo y otro vecino podemos impugnar ante los juzgados que este señor pague las 2 comunidades y si ganamos el ju... Leer toda la respuesta[+]
Como ampliación a lo ya expuesto entiendo que se debería exigir cuentas al administrador y responsabilidad por ese cobro inadecuado, lo que no puede un vecino o varios es reclamar al que paga solo la mitad de lo que le corresponde.
Paolo, la Administración no nos escucha, nos dice que lo expondrá en la reunión, no nos dice si esta bien o mal lo que hace el señor propietario, Este señor de los 2 pisos lleva mas de 30 años siendo el mismo el president... Leer toda la respuesta[+]
No trata de reclamar por teléfono, sino de solictar formalmente una reunión para rendición de cuentas, con la oportunidad de revisar la documentacion previamente, si no accede habdique acudir al Juez, para ello necesita A... Leer toda la respuesta[+]
Anton maria, deberá exigir cuentas y, si no están de acuerdo, podrán dirirgir reclamación contra la comunidad o contra el administrador. Si es contra la comunidad y piden en el proceso las costas del procedimiento, la com... Leer toda la respuesta[+]
yo tengo un estudio de 28 m. y pago al trimestre 300e de Cuota,sin Estatutos,sin contar con ningun tipo de Coeficientes,es pago igualitario.Solo hay tres estudios como el mio pequeños,recto chalet de 100m. a 500m. o mas.M... Leer toda la respuesta[+]
Soledad para contestar a sus preguntas habria que leer la escritura de división horizontal de esa finca, por si le interesea le dejo un enlace a la Ley de Propiedad Horizontal comentada: Ley de Propiedad Horizontal Pedro Hernández Olmo, abogado
Casero que intenta sacar algo más que provecho de los inquilinos
14 respuestas
Hola, después de 6 años en el mismo piso de alquiler y todo perfectamente pagado al día y sin retraso. Ahora me encuentro con que mi casero ha decidido que nos vamos 15 días antes de que acabé el contrato porque no vamos a renovarlo (ya hemos acabado nuestros estudios). Y nos comenta, que a parte de los 15 días de alquiler que si estaremos en el piso, luz, agua, etc. que le demos la fianza para pintar el piso y traer una empresa que lo limpie, o en su defecto que lo hagamos nosotras pero que de todos modos contrataría dicha empresa y lo pagaríamos nosotras. Palabras textuales " el piso tiene que quedarse como el mismo día que lo entregué para poder alquilarlo al día siguiente". le respondimos atónitas diciendo que hemos sido unas inquilinas ejemplares y no hemos dado un problema en 6 años, además que el piso esta en perfecto estado, pero le da lo mismo, irónicamente nos dio las gracias. Lo de la limpieza, se iba a hacer, pero lo de pintar y que en todo caso después nos devuelve la fianza...no me fío ni un pelo, además que la ley nos respalda, en 6 años el buen hombre no ha pintado ni una vez ni ha invertido un € en el piso. Y siendo estudiantes, nos ha hecho pagar hasta los meses que no estábamos. El piso, para más inri, no esta declarado por lo que no hemos podido pedir ayudas ni becas ni nada, no nos da ni un papel y como arrendatario aparece un familiar suyo. Quería preguntar si, tras todo esto, podría meternos en juicios si decidiésemos no acceder a sus "peticiones abusivas". Gracias y un saludo
Preguntado por:
Marikiya
Hace 15 años
Categoría: Caseros
Mari Lolis
inquilino/a
No accedáis a sus abusos, no os va a meter en juicios, no sufráis por eso,pero tampoco esperéis vuestra fianza.... ahora ya sabéis de que pie cojea. El día que se la disteis la consideró suya y no va a daros un dinero que... Leer toda la respuesta[+]
Es un contrato de vivienda habitual o de temporada? que en 6 años no haya pintado no es algo que tenga que hacer el propietario ya que habeís vivido vosotras en ese piso y se supone que eso corre de vuestra cuenta. Si aho... Leer toda la respuesta[+]
mi respuesta tardará un poquito en salir porque la están revisando, será debido a la parrafada que he metido. uso "residencial" significa que se destina a vivienda, sin que se puedan instalar negocios.. en ella. No tiene ... Leer toda la respuesta[+]
El dinero se lo damos en mano al que se ve que es el hijo del propietario (al que nunca hemos visto) y que creo que es un anciano por la edad del hijo. Además, que aunque en el contrato ponga otro nombre lo firma el hijo.... Leer toda la respuesta[+]
El contrato lo hace cada año. Esta firmado por él, aunque el propietario se ve que será el padre. Pone que es hasta septiembre, pero el decidió que se acababa el 15 del mes que viene para poder alquilarlo antes. Nos da re... Leer toda la respuesta[+]
Más a mi favor. Contrato a nombre del padre y lo firma el hijo??? Mmmm. exigirle que os de una copia de una autorización escrita o poderes notariales. Si no, creo que se podría considerar suplantación de identidad, por mu... Leer toda la respuesta[+]
Venga, a ver si consigo que me de el papel de fin de contrato, aunque difícil lo veo. En cuanto a lo del medio mes y la facturas, ¿lo dejo todo pagado aún a expensas de que no me devuelva la fianza? Muchísimas gracias, en... Leer toda la respuesta[+]
Otra cosa, la ley de arrendamientos, cláusula 11 creo que era, comentaba algo de que a partir de los 5 años podíamos rescindir el contrato de vivienda habitual mientras se avisase con un mes de antelación. Entonces, no podría perjudicarnos, ¿verdad?
El último mes estais 15 días? Aquí el tema no está nada claro, hay caseros que admiten que se page mediio mes, otros exigen el mes entero, básandose en que se paga por adelantado y se paga todo el mes. Siento no poder ayu... Leer toda la respuesta[+]
ya te he respondido pero tardará un poquito en salir. En cuanto a la claúsula 11 se refiere a contratos con duración superior a 5 años, pero un solo contrato superior a 5, así de golpe. En vuestro caso no es aplicable, po... Leer toda la respuesta[+]
-El casero quiere alquilar el apartamento ya, justo cuando acaban exámenes los estudiantes y dedican 1 semana a buscar otro.No se mete en pleitos porque no cumpláis el contrato hasta Septiembre. -ya sabeis por donde va a ... Leer toda la respuesta[+]
Ahora me amenaza con pagar 15 días por adelantado y antes de lo que normalmente pagamos, y que si nos quedamos menos días que no devolverá la diferencia de los días. Le he comentado que no vamos a pintar el piso, que es u... Leer toda la respuesta[+]
Hola Mariyika: Las palabras que le dijo su casero están basadas, por desgracia, en un error muy común en la práctica diaria. Le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos para... Leer toda la respuesta[+]
¿Hacienda devolverá a los inquilinos por el pago del alquiler?
22 respuestas
Hola tengo una nomina de 846 euros, los recibos y el contrato esta a nombre de mi pareja y yo, no estamos casados y no tenemos ningun papel firmado, ella no trabaja, solo trabajo yo!!! de 846 euros de sueldo...370 euros van destinados mensualmente al pago de el alquiler, sumalo los gastos de agua y luz y basura!!!...Es mi primer año que voy a meter el tema de los pagos de alquiler en mi declaracion de la renta, yo pertenezco a la comunidad de canarias....Quisiera saber si me devuelven algun dinero por mis pagos...solo tendre que declarar desde marzo hasta diciembre de 2010 ya que comenze en marzo el alquiler....Si tengo que declararla con solo los recibos de el alquiler me bastan ya que el pago lo hago mediante transferencia en cajeros automaticos con mi nombre y de mi pareja...y si es asi me deducciran la mitad de el alquiler por tener a nombre de los dos o como es?? ya que mi pareja solo consta con el nombre pero ella no trabaja y no tiene ni paro ni nada!!..bueno muchas gracias
Preguntado por:
anonimo123456
Hace 14 años
Categoría: Caseros
Amparo BB
profesional
Depende, entre otras cosas, de lo que te hayan retenido. Hacienda no devuelve dinero que no "tomó" previamente. Lo mejor es que te hagas una simulación (Como si hubiera ocurrido el año pasado) Con el p. A. D. R. E, Y así ... Leer toda la respuesta[+]
Hola gracias por contestar, me podrias explicar el termino de que halla retenido en que aspecto...el contrato esta hecho legalmente por la bolsa de vivienda joven en canarias todo lo lleva el gobierno de canarias todo muy... Leer toda la respuesta[+]
en el papel de las retenciones de la empresa que me entrego sale 698 euros pero dinero a devolver esta en blanco...ya que año pasado no meti el alquiler y solo me devolvieron 18 euros en hacienda...yo no supero los 11.000... Leer toda la respuesta[+]
Si te retuvieron 698 euros, ese es el máximo que pueden devolverte cuando hagas tu declaración. pide cita previa en Hacienda para que te hagan la declaración. saludos - Papeleos Alquiler.
Gracias ya tengo cita para junio, pero mi sorpresa es que antes mire por online mi borrador que por cierto no me ha llegado este año y me sale a devolver solo 0,98 centimos jajaja.....el alquiler si te devuelven no?? es q... Leer toda la respuesta[+]
ok mirare el enlace haber....pero el problema es que mi pareja tambien esta a nombre de el contrato el de ella y el mio...seguro que solo tendre que declarar 50 por ciento pero el otro 50 por ciento lo perdere ya qe ella ... Leer toda la respuesta[+]
Hacienda no se queda ningun dinero. Tu solo desgravas la mitad de las rentas y eso no quiere decir que ese dinero pagado te lo devuelvan, lo unico que devuelve hacienda es, como dice amparo, lo que te hayan retenido previ... Leer toda la respuesta[+]
Hola hay una nueva ley que han puesto a partir de enero de este año todos los alquileres y hipotecados se le valorara de la misma manera!!! me han dicho que sumara los pagos de alquiler de el año pasado y que le saque el ... Leer toda la respuesta[+]
Para deducir por alquiler de vivienda habitual es preciso, si lo pide la AEAT, acreditar esa circunstancia con el contrato de arrendamiento y los recibos pagados, si no se acredita correctamente a juicio de la Agencia, da... Leer toda la respuesta[+]
Yo llevo deduciéndome el alquiler estos dos ultimos años y para ello no es preciso acreditar nada. Ellos deben tener en su base de datos que esa vivienda esta alquilada, ya que es deber del propietario el hacerlo constar ... Leer toda la respuesta[+]
Hola, yo he ido hoy a hacer la declaración de hacienda, el año pasado estuve de alquiler pagando 600 euros y mi devolución es 0 euros, al estar cobrando el paro no me devuelven nada ya que dicen que no hubo retenciones. l... Leer toda la respuesta[+]
hola por lo que tengo entendido solo lo puede declarar uno,en tu caso hazlo tu ke tienes trabajo asi con lo ke te retienen le podras sacar algo de dinero.mi novia y yo tenemos el contrato a nombre de los dos y no tenemos problema.
Hola te cuento que yo alquilo hace varios años y presento la declaracion. La deduccion la harias solo por ti, porque aunque ella este en el contrato no es la que lo paga y no son pareja de hecho ni matrimonio, y además vo... Leer toda la respuesta[+]
Buenas, en hacienda tendras que declarar. ese piso. Algo te desgrabara. Deberas aportar el numero de registro catastral y el d.ni. o N.i.f. del propietario. Cuando la fui ha hacer el otro dia miran tu nivel de ingresos qu... Leer toda la respuesta[+]
El alquiler lo estás pagando tu intégramente, de manera que es mejor que en tu declaración (individual porque si no estais casados no puede ser de otra manera) pongas las cantidad anual que pagaste en apartado correspondi... Leer toda la respuesta[+]
Es del todo incorrecto que si el contrato está a nombre de dos personas solo una de ellas declare la totalidad del alquiler, incluso cuando lo está pagando ella sola. No es más que una donacion que no se está declarando. ... Leer toda la respuesta[+]
Hola la declaracion la tengo para el dia 9 aun me queda...el contrato esta a nombre de los dos....pero el que paga soy yo, mi pareja esta en paro y tampoco persibe dinero de el paro!!---lo pusimos a nombre de los dos porq... Leer toda la respuesta[+]
Injusticia porque????? No lo entiendo. Encima que no tienes que hacer la declaración de hacienda por que cobras poco, y que seguramente te devuelvan parte de lo que has pagado por el alquiler, te quejas?????.... Injustici... Leer toda la respuesta[+]
Chica te lo tomas toda a la ligera! Lo que me faltaba tengo mi derecho a quejarme porque hoy en dia se le da pagas a todo dios. Y yo que trabajo por un sueldo misero y pago lo de alquiler y luego no te devuelven nada si n... Leer toda la respuesta[+]
" a gente habla y habla y no saben a ciencia cierta los movimientos de hacienda. [. ] Por aqui a mas de uno no sabe ni como se basa hacienda. " y le dice la sartén al cazo, ¡Apártate que me tiznas! ¡no puede ser! ¿cómo pu... Leer toda la respuesta[+]
Política de cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para fines analíticos y para mostrarte publicidad personalizada en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas).
Clica aquí para más información.
Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón 'Aceptar' o configurarlas o rechazar su uso pulsando el botón 'Configurar'.
Hemos detectado que tu idioma es el Español. ¿Deseas ver Enalquiler en este idioma? Ir a Enalquiler en EspañolWe have detected that your language is English. Do you wish see Enalquiler in this language? See Enalquiler in EnglishAbbiamo constatato che la tua lingua è l'Italiano. Vuoi vedere Enalquiler in questa lingua? Vai a Enalquiler in ItalianoWir haben bemerkt, dass Ihre Sprache Deutsch ist. Wollen Sie Enalquiler in dieser Sprache zu sehen? Besuchen Sie Enalquiler auf DeutschNous avons détecté que votre langue est le Français. Est-ce que vous voulez afficher Enalquiler dans cette langue? Afficher Enalquiler en FrançaisDetectamos que seu idioma é o Português. Quer ver Enalquiler nesta língua? Ir para Enalquiler em Português