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roly

inquilino/a

¿Puedo como inquilino rescindir un contrato firmado por 5 años?
Sólo llevo 1 año y 7 meses, qué pierdo? ... y qué pasos debo seguir para rescindir sin perjuicio para los 2?
  • Preguntado por: roly
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Carla ha sido el primero en contestar
Juan ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Juan

    profesional

    El párrafo primero del artículo 11 de la LAU de 1994 limita el desistimiento a los contratos de duración pactada superior a cinco años y que además hayan cumplido sus primeros cinco años. Por el contrario, en los contratos de duración pactada igual o inferior a cinco años, que es el caso común, no existe derecho legal a desistir, sino derecho a no renovar cumplido el plazo convenido o la prórroga anual. El párrafo segundo del artículo 11 de ninguna manera cambia lo anterior, pues lo único que hace es poner límite a la indemnización que el arrendador puede exigir en el caso de un arrendatario que desista de un contrato de más cinco años.

    Por tanto en el común de los casos, si un arrendatario abandona la vivienda arrendada antes de cumplir el plazo convenido, normalmente un año o los sucesivos periodos de prórroga anual, los tribunales interpretan, con ligeras diferencias debidas a la variedad de casos posibles, que se puede exigir la renta mientras permanezca desocupada la vivienda y el arrendador haga todo lo posible para encontrar nuevo arrendatario.

    Contestando directamente tu pregunta, estos son los pasos que debe seguir para minimizar los riesgos del incumplimiento:

    1.- Hablar con el arrendador para de común acuerdo encontrar la mejor manera de evitar perjuicios, como muy bien apunta Carla.

    2.- En el improbable caso de que el arrendador se cierre en banda y exija el cumplimiento, el arrendatario debería notificarle con dos meses de antelación y fehacientemente (por ejemplo, por medio de un burofax con certificación de contenido, 20 euros) su necesidad de abandonar la vivienda, poniéndose a su disposición para enseñarla a terceras personas o incluso ofrecerle una llave para que el arrendador pueda, en ausencia del arrendatario, mostrar la vivienda.

    3.- Si el arrendatario encuentra una tercera persona dispuesta a sucederle en el contrato en las mismas condiciones, notificarlo al arrendador de la mima manera, aprovechando el paso 2 o en una nueva notificación.

    4.- Si nada de eso sirve para que el arrendador acepte la resolución del contrato, cumplidos los dos meses desde la notificación, el arrendatario debe entregar las llaves al arrendador o, si este se niega a aceptarlas, consignarlas en lugar seguro dejando constancia.

    Siguiendo estos cuatro pasos, no habrá juez que acepte la hipotética pretensión del arrendador de que se cumpla el contrato íntegro. En el peor de los casos, el arrendatario perderá la fianza, pero a cambio habrá aprendido a no firmar un contrato de arrendamiento de vivienda con una duración de cinco años, porque con firmar un año se tienen idénticos derechos y menos obligaciones.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • joan 2

    casero/a

    Si en tu contrato pone que es un alquiler de un año renovable hasta los cinco por parte del arrendatario, avisa a tu casero que en tres meses te vas, no tiene por que haber problemas, pues están ejerciendo tu derecho de anular el contrato en los términos legales. Si por el contrario solo se especifica que es de cinco años, quizas no esté, el arrendador, muy contento
    • Respondido por: joan 2
    • Hace 15 años
  • Carla

    casero/a

    Entiendo que no hay ninguna cláusula en el contrato que especifique la penalización para el inquilino si deja la vivienda antes de la finalización del contrato. En ese caso, al estar en la vivienda menos de cinco años, la jurisprudencia establece mayoritariamente que si dejas la vivienda antes de que termine el contrato de alquiler, el casero puede pedirte que le pagues las rentas pendientes o hasta que alquile de nuevo el piso.

    Los pasos a seguir para cancelar el contrato de alquiler son muy sencillos, tienes que avisar al casero y comunicárselo, si dejases el piso justo cuando iba a vencer el contrato tendrías que avisar, como mínimo, con treinta días de antelación a la fecha de fin del contrato, pero como lo dejas a la mitad, entonces puedes avisarle ya mismo y darle una fecha de marcha. Como el casero sabrá cuáles son sus derechos, te aconsejo que estés abierto a negociación como podría ser ayudarle a buscar un nuevo inquilino o dejar que entre a enseñar la vivienda mientras tú estás viviendo en ella y él está buscando inquilinos sustitutos. Te aconsejo que pongas por escrito cualquier acuerdo al que lleguéis.
    • Respondido por: Carla
    • Hace 15 años
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