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Anisita82

inquilino/a

¿Hay que registrar ante algún notario u organismo público un alquiler con opción a compra?

Si es de ser así, no me podría beneficiar de las deducciones fiscales que ahora tengo por ser menor de 35 años ¿no?

Además también pedimos la ayuda RBE

Gracias!

  • Preguntado por: Anisita82
  • Hace 14 años
  • Categoría: Opción a compra
Respuestas (2)
Abogado desahucios ha sido el primero en contestar
Abogado desahucios ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Anisita82

    inquilino/a

    Muchas gracias!

    Vamos a hacer un anexo privado a un contrato de alquiler convencional a través de la comunidad de Madrid.

    ¿Cómo lo ve usted?

    Saludos!

  • Abogado desahucios

    Abogado desahucios

    profesional

    El arrendamiento con opción de compra puede formalizarse bien en documento privado, bien mediante escritura pública.

    La formalización del contrato de opción a compra en Escritura Pública y posterior inscripción en el Registro de la Propiedad es más seguro, aunque también más costoso.

    Las deducciones fiscales se tendrén en cuenta en el momento de la compraventa, si llega a hacerse, no antes. Idependientemente de que se haga en documento público o privado.

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