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Quisiera saber cuántos años tiene que pasar para que se puedan reclamar derechos de antigüedad de una casa donde no existe ningun tipo de contrato y qué se puede hacer para reclamarlos en el caso de que se pueda y qué probabilidad hay de que se gane el caso.
Aquí no hay derechos d antigüedad como en la mili.
Si llevas muchos años en casa es que tienes un contrato. Puede ser verbal o escrito, aunque fuera hecho en una servilleta. El problema puede estar en justificarlo.
C.Civil 1547.-
Cuando hubiere comenzado la ejecución de un contrato de arrendamiento verbal y faltare la prueba del precio convenido, el arrendatario devolverá al arrendador la cosa arrendada, abonándole, por el tiempo que la haya disfrutado, el precio que se regule.
Puedes demotrar la existencia de un contrato verbal con algunos de estos documentos:
- Recibos de los pagos mensuales que le hacías al casero (lo más importante sin ellos, el casero podría demandarte a tí)
- Recibos de los suministros (que dices que tienes)
- Certificado de empadronamiento
- Testimonio de vecinos.
- Correspondencia que recibes en ese domicilio ( del banco, del colegio de los niños, de Hacienda del Ayuntamiento etc)
- Tus últimas declaraciones de la renta (si has indicado en ellas que vivías de alquiler en ese piso)
Saludos,