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daniel

inquilino/a

Pagar multa de carácter penal en alquiler
Hola haber si alguien me podria ayudar, en mi contrato de alquiler donde la clausula de incumplimiento de obligaciones me pone lo siguiente: En el supuesto de que el arrendatario no haya devuelto al arrendador la vivienda en el estado pactado ( que se entregué igual que recibi, que tengo un pequeño rayazo en el parqué debajo del sofa en una pata) el arrendatario debera pagar una multa diaria, que consistira en el triple de la renta diaria. La multa tiene carácter de pena, no sustitutiva de la indemnizacion de daños y perjuicios, y será inmediatamente exigible. Que puedo hacer no le vale con la fianza¿¿¿ P.D.- perdón por el tostón. 
  • Preguntado por: daniel
  • Hace 6 años
  • Categoría: Todas
Respuestas (2)
Iban ha sido el primero en contestar
Iban ha sido elegida Mejor Respuesta
  • daniel

    inquilino/a

    Es que nos queremos ir y como ponía eso ya no sabia, supongo que tendré que arreglar el rayazo de la pata en el parqué  o podre decirle que se quede con la fianza no¿¿
    • Respondido por: daniel
    • Hace 6 años
  • Iban

    Iban

    casero/a

    Hola Daniel.
    Esa penalización tiene sentido en caso de retraso a la hora de devolver la vivienda.
    • Respondido por: Iban
    • Hace 6 años
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