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Manuel

casero/a

Impago parcial alquiler
Buenos días:
Antes de nada, comentar que he buscado en el foro y no he encontrado respuesta concreta a este caso.
Mi cuestión es la siguiente:
Al finalizar el primer año de contrato de alquiler, mi inquilino se niega a pagar el incremento anual de la renta, estipulado en contrato. No se trata de que no pueda por motivos laborales, etc..., simplemente no quiere. Las comunicaciones son por escrito via email.
¿Qué se me aconseja hacer?
- Enviar una carta formal indicando que el pago parcial es motivo de desahucio.
- Rechazar el pago parcial y reclamar únicamente el pago íntegro de la nueva renta. (en este caso, ¿cómo se puede hacer si el inquilino realiza ingreso en mi cuenta bancaria?)
- otras acciones.

Muchas gracias por anticipado y un saludo.



  • Preguntado por: Manuel
  • Hace 8 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (11)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Manuel

    casero/a

    Lo cierto es que estoy sorprendido por las respuestas, dando la impresión de que indicar un porcentaje e incremento fijo es algo fuera de lo normal, cuando entiendo que es la forma más sencilla y lógica de pacto.
    Según ustedes cual seria la opción más habitual o normal sin tener en cuenta el I PC?
    Así que ustedes me indican que no puedo rechazar de alguna manera este pago parcial? Ir al juzgado por una diferencia de 20 euros me parece un tanto excesivo...
    • Respondido por: Manuel
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Manuel, partiendo de que hoy la ley permite libertad de sistemas de actualización del alquiler, hay que decir que lo pactado en su contrato es mas bien un sistema de incremento lineal, teniendo en cuenta que no existe, o al menos yo no la conozco, interpretación judicial de esa libertad, si su sistema fuera declarado nulo, no podrá actualizar ese alquiler mientras siga vigente ese contrato. En definitiva no le queda otra que acudir al juzgado reclamando ese incremento, con el riesgo antedicho, una pregunta ¿Quien le sugirió ess cláusula? Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Manuel la ultima reforma de la LAU posibilitó la libertad de sistemas de actualización, lo que al parecer tiene Vd. pactado en contrato es un sistema de incremento lineal, teniendo en cuenta lo reciente de la reforma no hay, o al menos yo no la conozco, una interpretación judicial sobre el tema. En el caso de que el sistema adoptado por Vd. se considerara nulo, puesto que no contempla el supuesto de actualización a la baja, durante la vigencia de ese contrato, el alquiler permanecerá inamovible. Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Manuel

    casero/a

    Muchas gracias por tu aporte, Piscis, aunque en la pregunta estaba claramente indicado que se trata de un incremento.
    Pero es buen aviso para navegantes de cara a conocer los posibles trucos que un inquilino puede usar para no pagar.
    • Respondido por: Manuel
    • Hace 8 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Me parece que confundes el concepto de actualización con el de incremento, tu mismo has indicado anteriormente que el contrato se actualizará al 3% y ello implica al alta o a la baja.
  • Manuel

    casero/a

    Porqué deberia ser una revisión a la baja si en contrato indica subida anual del 3%?
    • Respondido por: Manuel
    • Hace 8 años
  • Manuel

    casero/a

    Piscis, esa posibilidad que indicas a qué sería debida si en contrato se indica que el incremento es de un 3% anual?
    • Respondido por: Manuel
    • Hace 8 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Has pensado en la posibilidad de que en tu caso esa actualización sea a la baja y por eso no procede incremento alguno, sino todo lo contrario.
  • Manuel

    casero/a

    Contrato realizado en 2014; actualización de un 3% de la renta.
    Saludos y gracias.
    • Respondido por: Manuel
    • Hace 8 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Si viene bien reflejado y redactado en el contrato, lo mejor es solicitarlo de forma fehaciente, y si no, tiene la opción de interponer una demanda de desahucio o bien reclamar legalmente por via judicial el importe impagado.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Por favor, díganos la fecha exacta del contrato y el índice en él pactado para actualizar la renta.
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