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Saurus1984

inquilino/a

Tengo dudas respecto a la subida del alquiler por IPC. ¿Cómo hay que informar de la subida?

Veréis, mis caseros me han subido el IPC, pero primero, me lo pueden subir de forma oral?? es decir, entregandome un papel escrito a boli diciendome cuanto me lo suben?? o hay que hacer algún tipo de arreglo legal?? otra duda es, me lo pueden subir al llegar Enero, o hay que cumplirse un año de contrato?? es decir, si entré en Abril, tengo que pagar ya este Enero la subida, o a partir de Mayo (Año de contrato) y mi ultima duda es, ¿como podría calcular la subida? Es que he buscado webs y cosas, pero no termino de entender bien como va y me sale que tendría que pagar menos de lo que me han puesto... es decir, no quiero dejar de pagar nada que deba pagar, pero tampoco quiero pagar lo que no debo... ya me han dado varias facturas y cosas que no tenía que pagar yo, pero por evitar disputas he ido pagandolas, pero ya no quiero... y menos algo como el alquiler, que es mensual. Saludos!!!

  • Preguntado por: Saurus1984
  • Hace 12 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (6)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    De Abril a Abril, o si tarda mucho en publicarse lo puedes calcular de Marzo a Marzo, varian poco.

  • Saurus1984

    inquilino/a

    Muchisimas gracias a todos de verdad! Sois increibles! :).

  • Paolo_x

    inquilino/a

    De abril a abril.

     

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 12 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola saurus:

    sin perjuicio de la respuesta anterior, le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://letradosalquileres.es.tl/Actualizacion-renta-contrato-vivienda-posterior-al-1_1_1995.htm

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

     

  • Saurus1984

    inquilino/a

    Muchisimas gracias Oscar, entonces, para subirme el ipc este año, se calcula de Enero de 2011 a Enero de 2012 o se debe calcular cuando llegue de Abrill de 2011 a Abril de 2012? . Gracias por tu valiosisima ayuda!

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,

    Lo puedes calcular el la página del ine, tienes hasta una clculadora de ipc, te lo tienen que subir en el cumpleaños del contrato, o sea si cumples un año en Abril, a partir de Abril, el 13avo mes que estes en la vivienda ya debes pagar la subida del ipc, y se calcula de mes a mes el último año. Te lo tienen que notificar por escrito, tan solo te podrán cobrar la subida en las rentas venideras despues de dicha comunicación, nunca con caracter retroactivo.

    Te dejo en la enlace

    http://www.ine.es/daco/ipc.htm

    Saludos

    Oscar

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