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Frutero

inquilino/a

En mi contrato de alquiler, viene dicho que las subidas irán en función del IPC del alquiler.

¿Es éste valor el mismo que el IPC general? ¿Cómo se puede calcular lo que tengo que pagar de renta con este valor? En caso de que me hayan cobrado de más el úlitimo año, ¿a quién me tengo que dirigir para poner una reclamación o denuncia? Muchas gracias

  • Preguntado por: Frutero
  • Hace 14 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Quise decir:

    El IPC de alquileres es superior al IPCGN (que es el que debe usarse en arrendamiento de vivienda)

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No no es el mismo.

     

    El IPC de alquileres es superior al de vivienda.

     

    Pero dudo de que te salga rentable reclamar nada (judicialmente), ni de que lo consiguieras, pues igual que te estás informando ahora, pudiste haberte informado ANTES de pagar lo que no era.

    Otra cosa es que tu casero hubiera puesto ese índice por desconocimiento y no por malicia, y decida voluntariamente devolverte lo pagado de más.

     

    Puedes calcular lo que tienes que pagar de renta aquí. http://www.ine.es/calcula/

    El mes de referencia que tienes que poner es el que figure en tu contrato como MES DE REFERENCIA. Si no figura ninguno, pon aquí cuál es la fecha de tu contrato.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    1.- No es lo mismo y además esa referencia es nula, debe adecuarse al IPC general.

    2.- En la web del INE con los datos correctos se calcula automaticamente.

    3.- Si lo ha pagado sin protestar se entiende que no puede reclamar la devolución.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/servicio-de-consultas-legales.html estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
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