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maria

casero/a

Cómo subo el alquiler a mi inquilino
Hola, tengo un inquilino con contrato de agosto de 2013. Pero en el contrato figura que la renta se subirá en base al IPC. Hasta el momento no he subido el alquiler absolutamente nada (ahora creo que ha sido un error)  pero en agosto de 2017 quiero hacerlo en un 5% puesto que en un contrato anterior con el mismo inquilino, de 950 euros fui bajando y en muy poco tiempo lo dejé en 700 (hicimos contrato nuevo). El motivo de la bajada fue la crisis y  que el inquilino tenía problemas económicos. Como han pasado los tres años con el nuevo contrato, en el cuarto año puedo subir lo que yo considere justo? ¿Tendría que pactar con él? ¿Y si se negase?
Otra pregunta. En un futuro próximo seguramente venderé el piso. ¿Hay algún problema? Creo que sólo tendría que avisarles con 2 meses de antelación ¿es así? Muchas gracias
  • Preguntado por: maria
  • Hace 7 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (3)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    María como colofón a las acertadas respuestas que le han dado pienso que le vendrá bien leer
    EL DECALOGO DEL CASERO
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si su contrato se firmó a primeros de agosto, le corresponde el ipc de JUNIO

    Y desde junio 2013 hasta ahora, el IPC se ha comportado así

    Variación del Indice General Nacional

     desde Junio de 2013 hasta Noviembre de 2016 

    0,2%

    Es decir, si la renta es de 500 euros, la subida sería de 1 euro....
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,
    Puedes subirlo desde ya, pon en este enlace la fecha del contrato y la actual y sabrás si te vale la pena o no. Empezará a tener efecto la subida el mes siguiente a la notificación, y le puedes subir todos los ipc de golpe.

    http://www.ine.es/calcula/
    En Agosto, podrás subirle lo que quieras, siempre y cuando le avises con 30 dias de antelación de manera fehaciente de las nuevas condiciones, y si no las acepta, podrás cambiar de inquilino.

    Puedses venderlo, el problema es poder enseñarlo cuando lo tienes arrendado, ya que el arrendatario tiene ninguna obligación de permitirte entrar.
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