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luis barrientos

inquilino/a

Sobre la aplicación del IPC
Terminé mi contrato de arrendamiento el 17 de Noviembre y me prorrogaron (sigo en la casa) pago 500 euros y la dueña me subió el IPC de octubre que es 3.6. que es 18 euros y yo le digo que es el de Noviembre que sale publicado en Dicciembre y se paga en Enero con caracter retroactivo. explíquemelo por favor. gracias
  • Preguntado por: luis barrientos
  • Hace 15 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (1)
AnaLl ha sido el primero en contestar
AnaLl ha sido elegida Mejor Respuesta
  • AnaLl

    profesional

    La regla que establece la LAU de 1994 para hacer la subida del alquiler según el IPC durante los primeros cinco años es la que está explicada en el artículo 18.1:

    "Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la
    variación porcentual experimentada por el Indice General Nacional del Sistema de Indices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la
    primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado."

    Para calcular la subida que te tienen que hacer puedes usar la calculadora del INE:
    • Respondido por: AnaLl
    • Hace 15 años
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