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juvi

inquilino/a

contrato de alquiler 1969,ahora me piden hacer un contrato nuevo a nombre de mi madre con una subida del 150 %

en su momento al fallecimiento de mi padre,le entrege al administrador el parte de defuncion con la fecha de su fallecimiento 1998,y hasta la fecha y despues de varios cambio de administradores,no hemos tenido noticias ni cambio de nombre de los recibos de alquiler.

en el mes de junio nos llamaron para comunicarnos que como no se hizo la subrrogacion a nombre de mi madre habria que hacer un contrato nuevo con una subida de un 150% del aquiler y solo hasta el fallecimiento de mi madre.

queria saber si es legal lo que me proponen,ya que mi madre tiene 91 año y vive con ella uno de mis hermanos (separado y en paro)y la pension de mi madre es 600 euros

  • Preguntado por: juvi
  • Hace 9 años
  • Categoría: Renta antigua
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Coincido en lo sustancial con mi compañero León.

    Veo dificil que ahora el casero pueda sostener que desconocía el fallecimiento de su padre ocurrido en 1998, y que prospere ante un Juez como motivo de denegación de prórroga.

    El que su hermano esté separado y en paro no le da derecho a subrogarse en ese contrato en caso de fallecer su madre.

    Sin perjuicio de que, como ha dicho León, deben acudir con premura a un abogado, además experto en este tipo de contratos, a lo mejor vendría bien que como respuesta a esa llamada contestaran poniendo de manifiesto que el contrato no necesita renovarse ya que, como se comunicó en su día, su madre está subrogada en el mismo, hace mas d diez años.

    En mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • usuario eliminado

    juvi: ya de entrada le digo que las consultas sobre contratos de renta antígua son difíciles por lo que le recomiendo desde este primer momento que vaya a un abogado para que estudie el asunto con cuidado. Pero para darle al menos una orientación le digo lo siguiente:

    1.- en principio es cierto que deberían Uds. haber comunicado formalmente y por escrito la intención de su madre de subrogarse en el alquiler después de la muerte de su padre.

    2.- Sin embargo, teniendo en cuenta todo el tiempo que llevan en el alquiler creo muy posible que haya habido una subrogación tácita, es decir, una subrogación que se sobreentiende realizada y comunicada por el conocimiento que el administrador tiene de los hechos que relata. Yo no veo fácil que ahora el administrador (incluso si es nuevo) pueda sostener que no sabía o que no era consciente de que su madre vive allí alquilada desde al año 1998.

    Al ser una cuestión tan discutible vamos a esperar un poco para que algún compañero de foro dé su opinión.

    De todas formas le reitero que no le queda más remedio que acudir a un abogado de su ciudad.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 9 años
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