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monica reig

casero/a

Ascensor en nuestra comunidad

Hola, somos una comunidad de 15 propietarios, y no sabemos que dice la ley respecto al numero de propietarios minimo que deben de estar de acuerdo para ponerlo, me pueden ayudar?

  • Preguntado por: monica reig
  • Hace 12 años
  • Categoría: Reformas
Respuestas (8)
Crazyh ha sido el primero en contestar
Crazyh ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Jan Abogado, a mi lo que me hace no coincidir con la respuesta de Eduardo es la frase "No se suele exonerar del pago a nadie", pues una cosa es no llegar a ningún acuerdo y otra es que no se suela proponer ningún acuerdo.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Bueno

    Obviamente no hay obligación de llegar a ningún acuerdo.

    depende del sentido de la justicia que tengan los vecinos.

    en mi caso, y en los que comenta Crazyh, obviamente los vecinos han sido más justos ---- que la justicia.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola:

    Coincido con la respuesta de mi compañero Eduardo. Yo he tenido varios casos en los que ha sido imposible llegar a un acuerdo y todos han tenido que pagar en proporción a su coeficiente de participación - incluidos bajos, carboneras y locales -

    Un cordial saludo

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Eduardo Llanera, en todos los edificios que conozco que han puesto ascensor, y son cerca de una decena, en todos han llegado a acuerdos donde los bajos no han pagado nada o casi nada

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Yo tengo un piso en una comunidad donde - por justicia - los vecinos, motu proprio,  exoneramos a los bajos.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

     

  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Basta mayoría simple si hay alguna persona con incapacidad o mayor de 70 años. En otro caso deben ser 3/5 (en su caso nueve vecinos) que representen 3/5 de las cuotas.

    No se suele exonerar del pago a nadie salvo que figure expresamente la causa de exoneración en los estatutos de la comunidad o en la escritura de división horizontal. Pagan locales incluso, basándose en la mejora general de rango del edificio con la instalación del ascensor.

    www.asistencialegal.net

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Se me olvidó una cosa. Si se quiere instalar pq hay alguien con una minusvalia o con deficencias de movilidad (personas mayores con baston, por ejemplo) bastará con la mayoría simple.

    La exoneración acostumbra a usarse para las personas residentes en las plantas bajas o primeras plantas, o en su defecto se pacta una cuota menor en el pago de la instalación. Todo esto es motivo de pactos en la junta de propietarios

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    3/5 partes del total de propietarios, que a su vez representen 3/5 partes de las cuotas de participación.

    Si se aprueba, todos están obligados al pago, pero se puede exonerar a quién se quiera.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
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