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depre27

inquilino/a

Si la propietaria pasa de cualquier arreglo de continente que me perjudique, ¿pago o no el alquiler? en un juzgado tal vez?

Recibos de luz de hasta 1000 euros, humedades que hacen que las puertan ni cierren, problemas electricos que pertenencen tanto estos como los de fontaneria al continente y no al contenido, hasta su seguro lo dice y no se hace cargo, solo piensa en cobrar. Debo dejar yo de pagar? lo hago en un juzgado directamente? que hago? Pago mas de 500 euros de alquiler en un cuchitri de casa, y no puedo mudarme ya que con todos los gastos arrriba expuestos no puedo hacer frente a otra mudanza.

  • Preguntado por: depre27
  • Hace 13 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (5)
mejuto ha sido el primero en contestar
  • depre27

    inquilino/a

    gracias por las respuestas

    • Respondido por: depre27
    • Hace 13 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    En este modelo para reclamar (amistosamente al casero) aparecen también tus opciones para el caso de que no haya reacción.

  • depre27

    inquilino/a

    gracias, asi que lo mejor seria ir al juzgado, con todo el papeleo, y denunciar, exigir los arreglos o a su defecto que me indemnice y dejar esta casa no?

    • Respondido por: depre27
    • Hace 13 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si deja de pagar el alquiler le pondrán una demanda de desahucio por falta de pago y en ese juicio no se puede discutir el tema de las deficiencias del piso. Si considera que esas deficiencias son de entidad suficiente  y puede acreditarlo debería exigir incluso judicialmente su subsanación.

    PHOLMO

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • mejuto

    inquilino/a

    Usted le ha de exigir mediante burofax con certificado de texto que arregle todo lo que le perjudica y que pertenece a la propiedad para mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad, póngale en el texto del burofax que le da un plazo de 15 días para que acometa las obras de reparación y que de no hacerlo en el plazo expuesto procederá usted misma a hacer las reparaciones y posteriormente a repercutirselas pudiéndole ocasionar más gastos, si no hace caso usted manda a arreglar las cosas y se las repercute vía factura a su nombre y le da un plazo para pagar, si no lo hace, demandele y deje de pagar la parte proporcional del costo de la factura de la renta, eso sí, documente bien todos los desperfectos que enumera, mediante fotos y peritaje de técnicos profesionales.

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 13 años
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