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MarianoCaamano

inquilino/a

¿Qué pasa si el dueño de la casa es un extranjero y se muere su país, a quién le pago la renta?
La pesona que había dejado a cargo para el cobro de los alquiler no tiene ningún poder legal y no me quiso recibir. él paga porque dice que no sabe a quién enviárselo ahora ...
  • Preguntado por: MarianoCaamano
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
eduardo cid ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Tiene dos opciones: Hacer un ofrecimiento formal -escrito- a la persona que venía cobrando, y luego dejar de pagar.
    Hacer lo mismo y consignar judicialmente las rentas.

    En pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • manuel josé

    casero/a

    La forma de pago debe figurar en contrato,a domicilio, cuenta bancaria, ....

    Si arrendador se niega al cobro, deberá enviar giro al domicilio que se conozca, o por notario.

    La Arrendataria deberá instar ante los Juzgados un " expediente de consignación de rentas", a través del cual será el juez el que requerirá al propietario para que se cobre la renta. Saludos,
  • eduardo cid

    profesional

    Tú debes seguir pagando de la misma forma en que venías haciéndolo. Serán los herederos del arrendador fallecido los que tengan derecho a cobrar las rentas. La persona que venía cobrando por encargo del arrendador debe seguir cobrando y si no sabe dónde enviar, que lo retenga y espere a que se lo reclamen los herederos. Es sencillo, hay que seguir haciendo las cosas igual que siempre. Si no te quieren cobrar, deberías dejar constancia de ello enviando una carta vía burofax diciendo que te niegan el pago de renta en la forma en que venías haciéndolo hasta la fecha. Creo que eso sería suficiente para acreditar que no hay falta de pago sino falta de cobro. En cualquier caso, siempre tienes la opción más formal, segura, pero molesta, de consignar judicialmente las rentas. Esto último, equivale al pago.
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