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Elena Galea

inquilino/a

Inspección a oscuras de piso de alquiler por tener de baja el suministro de luz
Estoy interesada en un piso de alquiler y no puedo inspeccionar el baño porque está a oscuras al estar el suministro de la luz dado de baja. Tampoco está el del agua, y no puedo comprobar el estado de los grifos. ¿Es legal intentar alquilar de esta manera, sin que uno pueda "ver" el piso?
  • Preguntado por: Elena Galea
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
LolaG ha sido el primero en contestar
  • LolaG

    casero/a

    Debes llamar a las distintas compañías de suministros y pedirles que te digan cuánto cuesta el alta de sus suministros y qué es lo que tienes que tener para que te la den y calcular cuánto te tendrás que gastar en comprar las bombillas o lámparas. Con esos cálculos, siéntate con el casero y negocia el precio del alquiler o, mejor, pídele que sea él quien gestione el alta de los suministros y que cuando esté el alta dada tú domiciliarias el pago de los recibos en tu cuenta bancaria.
    • Respondido por: LolaG
    • Hace 15 años
  • Elena Galea

    inquilino/a

    Gracias, no se ve con luz natural, no le llega desde la ventana más próxima. No tener agua o luz no es reunir condiciones de habitabilidad. No tienen una bombilla, lámpara de pared, cajoneras en los armarios o electrodomésticos, han arramblado con todo lo que se pueda "despegar". Hay pisos que tienen todo esto, o parte, así como los suministros de alta ¿cómo puedo calcular el plus que esto supone en un alquiler para negociar una reducción del piso que me interesa y no lo tiene?
  • LolaG

    casero/a

    ¿No puedes verlo de día con luz natural? O quizá con linternas ... Es una cuestión difícil, quizá se pueda incluir una cláusula en el contrato en el que se especifique las condiciones de inspección de la vivienda y el derecho del inquilino pedir las reparaciones necesarias cuando se vea el piso con luz ... Aunque el casero está obligado a alquilarte la vivienda en plenas condiciones de habitabilidad como establece la LAU de 1994, si no lo haces tienes la ley de tu parte para reclamar ... Yo creo que es más cuestión de llegar a un entendimiento con el casero.
    • Respondido por: LolaG
    • Hace 15 años
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