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Susana

casero/a

He heredado una vivienda ocupada. ¿Cómo puedo desalojar? Son ex-familiares.

Mi madre le firmó un contrato de alquiler por dos años a nombre de mi sobrino.  Este vivió allí durante unos meses y luego falleció en un accidente. La esposa quiso seguir con el contrato y, por una razón sentimental, le permitimos hacerlo. Hace un año que se le venció el contrato y que yo le estoy pidiendo que se vaya. Mi mamá falleció hace unos días y mi hermano no se atreve a accionar legalmente contra su ex-nuera. ¿Que derechos tengo yo sobre la vivienda y que acciones debo tomar para desalojarla?  Ella no tiene ni tuvo nunca contrato a su nombre. Los herederos somos dos: mi hermano y yo.

  • Preguntado por: Susana
  • Hace 8 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
Piscis tres ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Óscar E

    casero/a

    Pueden jugar la baza de que "La subrogación deberá notificarse por escrito al arrendador dentro de los dos meses siguientes a la fecha del fallecimiento del arrendatario", en caso de que no se hiciera así.

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Totalmente de acuerdo con Piscis, como el contrato es anterior al 06/06/2013, tendrá que esperar a cumplir el 5º año de alquiler, en ese momento enviarle 30 dias antes de la finalización del contrato un notificación de la cual quede constancia como que tiene que abandonar la vivienda.
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No es fácil expresar con mayor claridad y precisión la respuesta a su pregunta, de lo ue lo ha hecho Piscis Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde  móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Por lo que dices, el contrato de arrendamiento es anterior al 6 de Junio de 2013 y la viuda del arrendatario se subrrogó en los derechos arrendaticios, por lo que la actual arrendataria, si cumple con el contrato, puede permanecer en la vivienda durante cinco años desde la fecha del contrato.
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