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sevillano1982

inquilino/a

Si formalizo un contrato de alquiler por 2 años, ¿tengo derecho a la finalización de este, a la renovacion por 5 años?
Tengo mujer e hijo de 4 añitos y no me gustaría verme en la situación de que no me renovaran por motivos ajenos a mi persona, por ejemplo que al dueño haya encontrado un comprador o, el hijo se casa y le regala la vivienda etc etc etc
  • Preguntado por: sevillano1982
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (6)
IGomez ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Mi anterior respuesta contestaba a tu pregunta de "daría igual la duración del contrato ya que se prorrogaría durante 5 años anualmente ¿no?"

    Respecto a tu última pregunta...
    Cualquier cláusula que pretenda hacerte renunciar a tu derecho a prórrogas de hasta 5 años sería nula
  • sevillano1982

    inquilino/a

    Os agradezco vuestras rápidas repuestas; una ultima aclaración; me pongo en el peor de los casos, si se firma el contrato y éste tiene alguna cláusula q anule la "renovación" automática ¿sería legal?¿aunque existiera y se firmara dicho contrato, se anularía o no procedería? Muchas gracias de antemano y siento ser tan pesado.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si tienes intención de quedarte 5 años, efectivamente da igual.

    Lo que sucede es que si haces el contrato de 1 año, tienes derecho a que dure 5, pero también puedes decidir irte en cada cumpleaños del contrato.

    Sin embargo si firmas por más años, tendrás que permanecer esos años. Como la vida da muchas vueltas, lo aconsejable es firmar un año.
  • sevillano1982

    inquilino/a

    Muchísimas gracias por contestar tan rápido; entonces, daría igual la duración del contrato ya que se prorogaría durante 5 años anualmente ¿no?
  • manuel josé

    casero/a

    Después de 2 años tienes derecho a 3 años más. Por eso es mejor hacer contrato por un año, prorrogable automáticamente hasta 5 años. Tú puedes desistir al final cada anualidad con preaviso 30 días. El propietario tiene que aguantar hasta los 5.-

    saludos,.
  • IGomez

    casero/a

    Sí, si cumples con todas tus obligaciones como inquilino tienes derecho a la prórroga automática y anual de tu contrato hasta sumar un mínimo de cinco años de alquiler. Así lo dice la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 en su artículo 9. Lo que te recomiendo, para no atarte tú las manos durante 2 años, es que hagas un contrato por un año porque te da derecho a esas prórrogas.
    • Respondido por: IGomez
    • Hace 14 años
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