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rafacorredera

inquilino/a

Cuando se firma un contrato de alquiler por un año por ejemplo y por cualquier motivo decides rescindir el contrato y quiere

contratos de alquiler y cancelación anticipada

  • Preguntado por: rafacorredera
  • Hace 11 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Sra ha sido el primero en contestar
Sra ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola rafa:

    salvo que en su contrato conste expresamente la facultad del arrendatario de desistir del contrato antes del plazo de duración pactado o de cualquiera de sus prórrogas, ante la pretensión de resolución unilateral por parte del arrendatario(usted),puede ocurrir :                                                                                                                     

    1. Que el arrendador la acepte sin reserva, dando lugar a la resolución bilateral y de mutuo acuerdo, lo cual no conlleva otras consecuencias que la extinción del contrato y de las obligaciones recíprocas que de él se deriven.  

     2. Que el arrendador rehuse la entrega de y exija el cumplimiento del contrato judicialmente.  

     3. Que el arrendador acepte las llaves dando por resuelto el contrato, pero documentando que la resolución ha tenido lugar por la exclusiva voluntad del arrendatario, para ejercitar una acción de resarcimiento de daños y perjuicios.

    reciba un cordial saludo.

     despacho Armando García Fernández.

     http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Mas que hablarlo conviene dejarlo por escrito.

    Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas  conviene recordar el viejo brocardo,   pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique,  que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Sra

    Sra

    inquilino/a

    Si quieres rescindir el contrato antes de tiempo, tendrás que ponerte de acuerdo con el propietario (a veces acceden sin más); lo más seguro será que pierdes la fianza y quizás 1 ó 2 meses más como indemnización... pero lo dicho, hay caseros que te dejan ir sin más. Háblalo con él.

    • Respondido por: Sra
    • Hace 11 años
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